“Pelotazos”: Amplían sanciones por internación de elementos prohibidos a las cárceles

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Ampliar los casos sancionables de ingreso de objetos prohibidos a las cárceles, como los generados a través de los denominados “pelotazos” (lanzamientos de elementos desde el exterior hacia el interior de las cárceles, como drogas, teléfonos o armas), es el objetivo del proyecto despachado por la Sala de la Cámara.

La propuesta, respaldada en forma unánime, se revisó conforme a los acuerdos de una comisión mixta que se conformó tras rechazarse los cambios del Senado, en abril pasado.

Cabe recordar que el texto se originó en una moción (boletín 16569), del exlegislador Miguel Mellado, junto a los diputados Jorge Alessandri, Jaime Araya y Diego Schalper. También la firman los exdiputados José Miguel Castro, Camila Flores, Andrés Jouannet, Andrés Longton y Jorge Rathgeb. La otra iniciativa corresponde a un mensaje del anterior Gobierno (boletín 16984).

Regulación saliente por proyecto anti “pelotazos”

La norma definida en el Código Penal, con las enmiendas aplicadas por la mixta, establece una sanción de pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día) para quien ingrese, intente o permita ingresar mediante lanzamiento desde el exterior o por vía no destinada al efecto, con dirección al interior de un establecimiento penitenciario, cualquier objeto o sustancia.

Dicha pena se aumentará en un grado si se determina que el objeto o sustancia, por su naturaleza o función, fuese idóneo para afectar la seguridad o el control del recinto, la integridad de quienes se encuentren en su interior o facilitar la fuga de personas privadas de libertad.

Asimismo, si las conductas descritas fuesen cometidas por un empleado público para facilitar la perpetración de crímenes o simples delitos se aumentará la pena correspondiente en un grado y, además, conllevará la inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos.

Si el hecho fuese constitutivo de un delito de mayor gravedad se impondrá la pena asignada a este último.

Luego, se especifica una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio para que quien, encontrándose privado de libertad en un establecimiento penitenciario, tuviese en su poder intercomunicadores, teléfonos, partes de ellos, chips telefónicos u otros elementos tecnológicos que permitan comunicarse con el exterior, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto.

Por último, se agrega que quien se encuentre privado de libertad en un establecimiento penitenciario, tuviese en su poder alguno de los elementos prohibidos mencionados, no pudiendo menos que conocer que su ingreso al establecimiento se verificó por alguna de las vías previstas (como los pelotazos) tendrá una pena equivalente a la del ingreso de tales elementos.

Discusión de la propuesta

Participaron en el debate Ignacio Achurra, Tatiana Urrutia, José Antonio Kast Adriasola, Marcos Barraza, Gonzalo Winter, Andrés Celis, Raúl Leiva, Macarena Santelices, Jaime Coloma, José Carlos Meza, Irací Hassler, Francisco Orrego, Daniel Lilayu, Pier Karlezi, Marcos Ilabaca, Luis Sánchez, Sofía González, Jorge Díaz, Javier Olivares, Juan Carlos Beltrán, Eduardo Cretton, Cristián Araya, Patricio Pinilla, Francisco Crisóstomo y Hans Marowski. Por el Ejecutivo expuso el ministro de Justicia, Fernando Rabat.

La visión general fue de apoyo al proyecto. Se estimó necesario avanzar en esta materia y se calificó positivamente la redacción saliente de la mixta para abordar el tema de los “pelotazos” hacia las cárceles. Así, quienes intervinieron anunciaron su voto favorable y su disposición para que este marco normativo se convierta en ley.

Igualmente, se observó que esta medida, por si sola, no resolverá el problema. De ahí que se llamó a fortalecer la institución de Gendarmería y aumentar la fiscalización y vigilancia de los territorios perimetrales a los recintos penitenciarios. Asimismo, se pidió mantener una política de reinserción social efectiva y consolidar más y mejor infraestructura carcelaria, con segregación según peligrosidad y la aplicación de medidas alternativas, en casos de personas con menor grado delictual.