Legislarán para endurecer el acceso a la libertad condicional

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Legislarán para endurecer el acceso a la libertad condicional
Libertad condicional

La Cámara aprobó en general, con 102 votos a favor, 12 en contra y 30 abstenciones, el proyecto que modifica el decreto ley 321, con el objetivo de aumentar las exigencias para acceder al beneficio de libertad condicional (boletín 15295).

Sin embargo, tras ser objeto de indicaciones, la iniciativa volvió a la Comisión de Constitución para su debate en particular.

La propuesta se originó en una moción de los diputados Cristián Araya, Juan Irarrázaval, José Carlos Meza, Benjamín Moreno, Agustín Romero, Stephan Schubert, Luis Sánchez y Cristóbal Urruticoechea. Además, la firman los exdiputados Gonzalo De la Carrera y Johannes Kaiser.

La iniciativa modifica los requisitos aplicables a personas condenadas por determinados delitos graves. El texto eleva de dos tercios a tres cuartos de la pena el periodo que deberán cumplir antes de poder postular a la libertad condicional. Esto equivale a un 75% de la pena. Por lo tanto, una persona sentenciada a 20 años de cárcel, podría acceder recién a los 15 años.

Cuatro quintos de la pena en determinados delitos

El proyecto también fija una exigencia mayor para personas condenadas por delitos cometidos contra integrantes de las policías, Gendarmería, las Fuerzas Armadas y sus servicios dependientes. También, por homicidio de integrantes del Cuerpo de Bomberos en ejercicio de sus funciones.

En estos casos, la persona podrá postular a la libertad condicional solo después de cumplir cuatro quintos de la pena, equivalente al 80% de la condena. Asimismo, se exigirá como conducta intachable obtener nota “muy buena” durante los seis bimestres anteriores a la postulación.

Asociaciones criminales e informe anual

Otra modificación plantada en la propuesta aumenta de dos tercios a tres cuartos el periodo de cumplimiento exigido en los casos contemplados para asociaciones criminales o terroristas.

Además, exige a los condenados abandonar los fines y medios de la organización y suscribir previamente una declaración en que renuncien al uso de la violencia.

El texto igualmente dispone que, si una persona que obtuvo libertad condicional por determinados delitos recibe una nueva condena por hechos cometidos mientras gozaba del beneficio, no se contabilizará como parte de la pena el tiempo que permaneció en libertad condicional.

Finalmente, la iniciativa aprobada en su idea de legislar encarga a Gendarmería de Chile, en coordinación con el Poder Judicial y otros organismos públicos, elaborar y publicar anualmente un informe estadístico sobre el funcionamiento del sistema.

Debate

El proyecto lo informó el diputado Luis Sánchez en una sesión anterior. En la presente jornada intervinieron en el debate Lorena Fries, Carlo Arqueros, Eileen Urqueta, Cristian Contreras, Hotuiti Teao, Germán Verdugo, Marcos Ilabaca, Sofía González, Luis Sánchez, Jaime Mulet y Jaime Bassa.

En el debate hubo coincidencia en que la libertad condicional debe aplicarse con criterios estrictos, especialmente, frente a delitos graves. También en que su incumplimiento debe tener consecuencias efectivas.

Al mismo tiempo, se plantearon diferencias sobre el diagnóstico del sistema: mientras algunas opiniones apuntaron a restringir aún más el acceso al beneficio y reforzar la protección de víctimas, policías, bomberos y sus familias, otras advirtieron que la normativa ya ha sido endurecida, que actualmente solo una fracción de las solicitudes es acogida y que nuevas restricciones podrían agravar la sobrepoblación penitenciaria.

De igual modo, se destacó que la política penal no puede limitarse al castigo, sino que debe considerar prevención, rehabilitación y reinserción, diferenciando entre personas de alta peligrosidad y aquellas con posibilidades reales de reinsertarse, con seguimiento efectivo de los programas destinados a evitar la reincidencia.