
Agilizar los procedimientos de entrega de permisos de edificación y urbanización es el objetivo del proyecto (boletín 17287) aprobado por la Sala de la Cámara, en tercer trámite, y que quedó en condiciones de pasar al Ejecutivo a fase de promulgación como ley de la República.
La propuesta se originó en el seno de la Comisión de Vivienda de la Cámara y la Corporación la despachó el 2 de junio de 2025. Fue objeto de variadas modificaciones en el segundo trámite, las cuales se respaldaron en la presente sesión por 126 votos a favor, 15 en contra y 9 abstenciones. Sus perfeccionamientos se materializan, principalmente, en la Ley general de urbanismo y construcciones. También se efectúan adecuaciones a la Ley 21.473, sobre publicidad visible desde caminos, vías o espacios públicos; y a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Junto con acotar plazos, la iniciativa define responsabilidades específicas a los profesionales o técnicos encargados de cada trámite, así como exigencias previas para la recepción, evaluación y calificación de solicitudes.
El proyecto busca facilitar el desarrollo del sector inmobiliario sin comprometer la calidad ni el cumplimiento de los principios establecidos en la legislación. Asimismo, permitirá reducir los tiempos de espera para acceder a soluciones habitacionales, mejorar la coordinación entre organismos públicos y evitar duplicación de trámites.
De las enmiendas aplicadas
Entre las normas se indica que las Direcciones de Obras Municipales (DOM) tendrán 25 días hábiles, contado desde la presentación de la solicitud y sus antecedentes, para pronunciarse sobre los permisos de construcción. Dicho plazo será de 15 días hábiles si la solicitud la acompaña un informe favorable de un revisor independiente. Sin embargo, se definen dos excepciones:
- 50 días hábiles en proyectos de edificación cuya carga de ocupación sea igual o superior a 1.000 personas. O de 30 días hábiles si a dicha solicitud se acompaña informe favorable de un revisor independiente.
- 15 días hábiles en el caso de solicitudes de permisos de edificación de obras menores o de autorizaciones de fusión.
Las DOM deberán realizar un examen de admisibilidad formal destinado a verificar que se acompañan los antecedentes exigidos para cada tipo de solicitud y que aquéllos corresponden al proyecto respectivo. Si la solicitud no cumple con dichas exigencias declarará su inadmisibilidad mediante resolución, precisando la causal que funda el rechazo del ingreso.
La norma también aborda el caso de las reclamaciones o si no se emite la resolución mencionada dentro de los primeros cinco días hábiles, contados desde la fecha de su presentación. Transcurridos los plazos mencionados, el solicitando podrá hacer valer el silencio administrativo negativo.
En el Senado también se indicó que las resoluciones sólo podrán impugnarse mediante recurso de reposición por cualquier particular interesado o por el propietario del predio respecto del cual se solicitó el permiso o autorización. El plazo será de treinta días, contado desde la fecha de publicación de la resolución o desde la notificación de la resolución respectiva. La resolución que rechace total o parcialmente la reposición sólo podrá impugnarse ante la Corte de Apelaciones respectiva.
Sin modificación quedó la norma de la Cámara que establece que, al pedir un permiso de edificación o urbanización, se deberá adjuntar el comprobante del informe de mitigación vial o un certificado que acredite que no se requiere. En caso de ser necesario, tiene que estar aprobado antes de otorgar el permiso. Dicha resolución tendrá una vigencia de tres años desde su notificación.
Ahora, bien, si el proyecto cambia, se deberá revisar la resolución para verificar que las medidas establecidas siguen siendo suficientes. Una vez entregado el permiso de construcción, la resolución del informe podrá extender su vigencia hasta un máximo de diez años para pedir la recepción de las obras.
Finalmente, en el Senado se introdujeron tres disposiciones transitorias para:
- Definir que la entrada en vigencia será a partir de la fecha de publicación de la ley.
- Decretar que las modificaciones introducidas sólo se aplicarán a las solicitudes de permisos o autorizaciones que se presenten con posterioridad a su entrada en vigencia.
- Lo mismo aplicará respecto de las reclamaciones.
De la discusión del proyecto

En el debate participaron Ana María Gazmuri, Hotuiti Teao, Macarena Santelices, Javier Olivares, Álvaro Jofré, Jorge Díaz, Nelson Venegas, Daniel Lilayu, Cristian Contreras, Chiara Barchiesi, Alejandra Valdebenito, Eileen Urqueta y Cristian Neira.
En términos generales, las opiniones fueron en apoyo de la propuesta y de los cambios realizados por el Senado. Se estimó necesario agilizar los procedimientos de los permisos de edificación, sin bajar los estándares técnicos.
De tal modo, se espera poner fin a decisiones discrecionales de las DOM, agilizar los procesos y facilitar la construcción de inmuebles y viviendas en el país.
Sin embargo, también se puso en alerta que no todos los municipios cuentan con los recursos y el personal adecuado para cumplir con las expectativas. De tal modo, hubo llamados a realizar reformas a las direcciones de obras, fortaleciendo su personal o entregando asesoría técnica a las comunas más pequeñas.
