El Duod茅cimo Juzgado Civil de Santiago conden贸 al Hospital de Urgencia Asistencia P煤blica Dr. Alejandro del R铆o (exPosta Central) a pagar una indemnizaci贸n de $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) por el mal tratamiento brindado a paciente que sufri贸 un accidente cerebro vascular (ACV), en agosto de 2016.
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En la sentencia (causa rol 27.312-2017), la magistrada Mar铆a Sof铆a Guti茅rrez Bermedo estableci贸 la responsabilidad del centro asistencia en las secuelas provocadas al paciente, como la p茅rdida invalidante de visi贸n.
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“Que, en lo referente a la relaci贸n de causalidad, como ya se adelant贸 en el motivo anterior, el ACV sufrido por el actor, y ra铆z del que perdi贸 el campo visual del ojo izquierdo y que motiv贸 su declaraci贸n de incapacidad por la autoridad m茅dica pertinente, se estaba desarrollando cuando el actor ingres贸 a la Posta demandada el 28 de agosto de 2016, y no fue advertido por los m茅dicos de esta, por una mala aplicaci贸n de la lex artis. Sin embargo, en el primer ACV, el del 06 de agosto de 2016, el actor si fue atendido conforme el protocolo que debe seguirse en dichos casos y que entrega la gu铆a del Minsal. El resultado del diagn贸stico acertado y el tratamiento adecuado fue que el actor no sufri贸 las complicaciones (heminopsia), ni otras, que si experiment贸 cuando no se le diagnostic贸 acertadamente el ACV y, por ende, no se le aplic贸 el tratamiento indicado para esos casos”, sostiene el fallo.
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“Por ello, es dable se帽alar que si se suprime mentalmente la causa (mal diagn贸stico y mal tratamiento de un ACV) el da帽o sufrido por el actor (heminopsia hom贸nima izquierda, o sea la p茅rdida del campo visual de su ojo izquierdo) este resultado da帽oso, no se habr铆a producido”, razona.
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“Por eso, estima esta sentenciadora que, entre la falta de servicio reprochada a la demandada y la p茅rdida de campo visual del ojo izquierdo del actor, existe una relaci贸n de causa-efecto”, a帽ade.
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