Corte Suprema rechaza recurso de protección por contaminación de borde costero de Concepción

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Corte Suprema rechaza recurso de protección por contaminación de borde costero de Concepción

La Corte Suprema ratificó la decisión de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama), de no declarar zona saturada de contaminación de material particulado (PM 10) el borde costero de Concepción,  abarcando, además de la capital regional, a las comunas de Lota, Coronel, San Pedro de la Paz, Hualqui, Chiguayante, Penco, Tomé, Hualpén y Talcahuano.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal del país rechazó un recurso de protección presentado por diversas personas en contra de la decisión del organismo medioambiental y el Ministerio Secretaría General de la Presidencia que, mediante el Decreto Supremo N° 41, del 25 de julio de 2006, determinó no declarar zona saturada de PM10 a las comunas de la Región del Biobío.

Los magistrados Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierry, la ministra Sonia Araneda y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron que la impugnación planteada por los vecinos de la zona fue presentada fuera del plazo legal, en ese entonces de 15 días, para recurrir de protección.

“Que, acorde con lo razonado y habida cuenta de que la presente acción constitucional fue formalizada el 8 de agosto de 2006, según consta del timbre de cargo estampado, a fs. 62, resulta evidente su extemporaneidad, desde que quienes la interponen tuvieron conocimiento cierto, a partir del día 6 de julio de ese año, del acto que se denuncia como arbitrario e ilegal”, dice el fallo.
En primera instancia, el 15 de noviembre pasado, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, había determinado acoger el recurso de protección y ordenado a la Conama y el Ministerio Secretaría General de la Presidencia dictar un decreto que declarara zona saturada de contaminación por PM 10 a las comunas ya reseñadas.