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Los otros dos fallos pronunciados por la misma sala de la Corte Suprema –el 14 y el 25 de junio-, también revocaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. |
La Segunda Sala de la Corte Suprema emitió un tercer fallo relacionado con el cobro de deudas y multas por incumplimientos del pago de telepeajes (TAG) en las carreteras urbanas concesionadas, que se originó a partir de un recurso de queja presentado por Autopista Central ante el máximo tribunal. Tal como ocurrió en las dos sentencias anteriores, la resolución pronunciada ayer por los Ministros Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez Espoz, Rubén Ballesteros y Hugo Dolmestch, revocó lo dispuesto por la Corte de Apelaciones de Santiago y obligó (de acuerdo al artículo N° 42 de la Ley de Concesiones) a Ximena Andrea Contreras González a pagar un total de $ 19.274.772 por una deuda contraída con la concesionaria de $ 461.350. De acuerdo a esta normativa, el no pago de las cuentas por el uso de las autovías está sancionado con la imposición de una multa equivalente a 40 veces el valor de la deuda. En su fallo, los Ministros argumentaron que esa disposición legal ha sido avalada por el Tribunal Constitucional, por el Ejecutivo y por el Congreso Nacional, toda vez que el citado artículo no cumple una función indemnizatoria sino que es decarácter disuasivo, como pena civil. “ (…) Se puede afirmar que la idea central de la presente ley fue modificar el régimen de concesiones de tal manera de asegurar su operatividad en forma creíble y eficaz; que el Congreso Nacional estimó que las modificaciones propuestas iban en esa misma dirección, ratificando la norma por un alto quórum en su tramitación parlamentaria, y que lo que se pretendió establecer en el actual artículo N° 42 de la Ley de Concesiones fue disponer de una prestación sancionatoria y desmotivar el no pago de las tarifas o peajes por parte de los usuarios, ya que de generalizarse esa conducta todo el sistema quedaría expuesto al fracaso”, afirma la sentencia. La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió pasar los antecedentes de los ministros que fueron objeto de la queja presentada por Autopista Central (Ministros Alfredo Pfeiffer Richter y Juan Manuel Muñoz Pardo y el abogado integrante Benito Mauriz Aymerich) al Pleno de la Corte Suprema para su análisis, de acuerdo al artículo N° 545 del Código Orgánico de Tribunales. Sólo esta última decisión fue con el voto encontra del Ministro Nibaldo Segura. Los otros dos fallos pronunciados por la misma sala de la Corte Suprema –el 14 y el 25 de junio-, también revocaron la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago. En ambos casos fueron pronunciados por los Ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago María Rosa Kittsteiner Gentile, Juan Manuel Muñoz Pardo y del abogado integrante Marcos Thomas Duble. |
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Corte Suprema emite nuevo fallo por cobro de multas ante no pago de telepeaje en autopistas concesionadas