
La Comisión de Seguridad Ciudadana recibió a los representantes de la Defensoría Penal Pública y del Ministerio Público para conocer sus opiniones respecto del proyecto que plantea sancionar la explotación, facilitación y promoción de servicios sexuales remunerados de terceros (boletín 18434).
El texto, de autoría del diputado Mauro González, apunta principalmente a perseguir la explotación sexual que realizan bandas criminales. Al respecto, se puntualiza que la explotación sexual es uno de los mercados ilícitos utilizados por estas bandas, porque es una actividad que se desarrolla en condiciones de informalidad, escasa trazabilidad y sin controles estatales suficientemente eficaces.
Por esta razón, señala el autor, la regulación del comercio sexual no debe entenderse únicamente desde un punto de vista sanitario, sino también como una herramienta de política criminal para reducir los incentivos económicos que sostienen mercados clandestinos, intermediación abusiva y explotación de personas en situación de vulnerabilidad.
La instancia, tras escuchar las opiniones de los organismos presentes, acordó considerar otros invitados para poder precisar de mejor manera la propuesta.
Tipos penales existentes

En su presentación, la defensora penal pública, Verónica Encina, sostuvo que la idea de legislar en materia de prevención de la explotación sexual en el contexto de delitos cometidos por bandas de crimen organizado reconocía un compromiso asumido por Chile mediante tratados internacionales.
Pero, al mismo tiempo, recordó que nuestro ordenamiento jurídico ya contempla el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y la asociación criminal o delictual. En dicho sentido llamó a precisar mejor qué actividades se quiere sancionar con el presente proyecto.
Añadió que no parece suficientemente claro qué actividades que rodean el trabajo o la actividad sexual serían sancionables. Esto, porque no necesariamente existe una vulneración de la voluntad de la persona que ejerce dicho trabajo.
También planteó que sancionar todas las actividades vinculadas, en vez de mejorar las condiciones de salud o disminuir la vulnerabilidad de esas personas, podría generar una mayor clandestinidad. Con ello, dijo, incrementar los riesgos a los cuales se encontraban expuestas.
En el mismo sentido se manifestó el director de la Unidad Especializada en Delitos Sexuales del Ministerio Público, Maurizio Sovino.
Afirmó que aunque la regulación vigente del comercio sexual podría parecer insuficiente frente a las nuevas formas de criminalidad, mecanismos de control ejercidos por organizaciones criminales o intermediación clandestina del trabajo sexual, la propuesta en trámite mezcla diferentes materias.
Un punto relevante a su juicio es el uso en la propuesta del tema del consentimiento. Esto porque el Ministerio Público lleva años trabajando para asentar la aplicación del delito de trata de personas en el país. Añadió que, en numerosos casos, las víctimas de trata se encuentran sometidas a coerción o intimidación contextual y que las bandas criminales se aprovechaban precisamente de esas situaciones de vulnerabilidad para ejecutar sus conductas. Asimismo, aclaró que es frecuente que las defensas de estos criminales sostengan que la víctima habría consentido.
En atención a esto, coincidió que es necesario precisar qué conductas se pretenden sancionar, para evitar que se pueda afectar la persecución de otros ilícitos ya regulados.
Adicionalmente, abordó el tema del proxenetismo y coincidió en que, aplicada la propuesta del proyecto, esta podría provocar que el trabajo sexual se desarrolle de manera todavía más clandestina.