En forma unánime, la Comisión de Seguridad Ciudadana aprobó, en general, la iniciativa que autoriza el uso de agentes encubiertos en internet para la persecución de delitos sexuales contra menores (boletín 16857).
La idea del proyecto, que promueve la diputada Chiara Barchiesi, es que funcionarios policiales se infiltren en redes ilícitas y puedan interceptar perfiles de usuarios en redes sociales. De este modo, se espera ubicar con mayor facilidad a los delincuentes.
El texto modifica el Código Penal y plantea que el Ministerio Público podrá solicitar al juez de garantía que autorice la utilización de agentes encubiertos en internet. Esta técnica de investigación se utilizará cuando se presuma, fundadamente, que facilitará la individualización de otros partícipes, sea en el país o en el extranjero.
Agentes reveladores
Antes de la votación, funcionarios de la PDI y del Ministerio Público, manifestaron su opinión y propuestas para mejorar el proyecto. Al respecto, ambas instituciones son partidarias de incluir al agente revelador en este tipo de investigaciones. Es decir, el funcionario policial que simula requerir de otro la ejecución de una conducta delictiva con el objeto de lograr la concreción de los propósitos delictivos de este. Así lo explicó Karen Guzmán, abogada de la unidad de delitos sexuales y explotación sexual de la Fiscalía.
Según planteó, por regla general en delitos digitales contra menores, no se trata de grupos criminales, sino de grupos cerrados que funcionan por minutos, horas o semanas para intercambiar material de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes o comercializarlo.
Agregó que, actualmente, los agentes encubiertos se permiten en el Código Penal en delitos de violencia sexual cometidos en el ciberespacio o en hechos cuya ejecución se ve facilitada por el contacto digital, como en casos de grooming y de explotación sexual. Se permiten a través de un oficio del fiscal nacional, quien da directrices para la investigación de este tipo de delitos contra menores. Ahora, la acción siempre requerirá autorización judicial.
En tanto, el jefe de la Brigada de Delitos Sexuales de la Región Metropolitana, subprefecto Orlando Vidal, destacó que la figura del agente revelador es efectiva. Dijo que sería de utilidad para obtener mayores medios de prueba para el juicio oral.
El jefe nacional del Cibercrimen, subprefecto Marcelo Wong, señaló que los agentes encubiertos digitales permiten mayor libertad y marco de acción para desarrollar la investigación de delitos sexuales contra menores. Comentó que estos se dan en entornos y en comunidades de mensajes cerrados, donde la pertenencia, trayectoria y reputación se da por la confianza de pertenecer al grupo por un tiempo prolongado. En tal sentido, se pidió que la norma incluya que se permita utilizar perfiles existentes y ficticios.
Aumento de delitos sexuales contra menores
En cuanto a violencia sexual, el Ministerio Público indicó que las denuncias aumentaron, desde 2017 a 2024, en un 110%. De ellas, el 71% de las víctimas son NNA. Sobre la violencia sexual digital, se informó que estos delitos aumentaron en un 32%, desde 2023 a 2024.
Asimismo, se comunicó que, en el primer semestre de 2025, los ingresos de delitos de explotación sexual de NNA aumentaron en 17%. La violencia sexual digital, en tanto, se cifró en un 40%.
Además, existen 800 casos en que se denunció la utilización de aplicaciones y juegos para la comisión de otros delitos sexuales.
Quebrantamiento de condena
Igualmente, la instancia aprobó la idea de legislar del proyecto (boletín 15308) que sanciona el quebrantamiento de condena. La iniciativa, impulsada por el diputado Andrés Longton, establece que, ante dicho quebrantamiento, se sume la pena de presidio menor de grado medio a máximo (541 días a 5 años) y agrega la incomunicación hasta tres meses del condenado.
Además, establece una pena si la fuga ocurre desde el lugar de reclusión, con violencia o intimidación, fuerza en las cosas o participación en motín. En estos casos, la sanción será de presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 a 15 años). Al mismo tiempo, establece que la prescripción de la pena comienza desde el inicio del cumplimiento efectivo.
El subsecretario de Justicia, Ernesto Muñoz, indicó que, en los últimos seis años, las cifras de fugas de recintos penales son bajas:
- Desde el interior de recintos penitenciarios: Seis casos, en 2024; y ocho, en 2025.
- En situaciones externas, como traslados al tribunal o recintos de salud: dos casos, tanto en 2024 como en 2025.
Agregó que este es un fenómeno que existe, pero que está controlado con el plan de búsqueda e información que opera con una denuncia en el Ministerio Público. También, con diversas alertas en gendarmería y organismos policiales. En tal plano, la autoridad manifestó ciertas dudas sobre castigar la fuga “pacífica” que ocurrió solo en uno de los casos.
En la sesión, de igual modo, participó Alejandra Vera, asesora legislativa del Ministerio Público. Valoró que se legisle sobre el tema, pero planteó mejoras en su redacción.
Finalmente, en otro orden, quedó pendiente para la primera semana de marzo la votación en particular de la moción que resguarda la identidad de los gendarmes ante la población penal (boletín 16995). La idea es esperar una indicación del Ejecutivo.
