La Sala de la Cámara aprobó una modernización del Tratado de Extradición entre Chile y Brasil (boletín 17723), con 67 votos a favor y 40 abstenciones. El acuerdo, despachado al Ejecutivo para su promulgación, fortalece la justicia penal, actualiza el marco jurídico frente al crimen organizado y refuerza la cooperación bilateral para perseguir delitos transnacionales.
Su tramitación fue representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores como autoridad competente en estos procesos. En el proceso legislativo explicó que este instrumento internacional tiene por objetivo asegurar una acción eficaz de la justicia penal. La idea es actualizar el marco jurídico aplicable y reconocer las nuevas realidades delictuales, especialmente, en materia de crimen organizado y cibercriminalidad.
Chile y Brasil firmaron este tratado el 5 de agosto de 2024. El acuerdo moderniza los mecanismos de cooperación penal y establece procedimientos claros para entregar personas imputadas o condenadas por delitos con penas mínimas de dos años de prisión. Además, actualiza normas que agilizan trámites, aseguran estándares uniformes y fortalecen el trabajo coordinado entre ambos sistemas judiciales.
El tratado también incorpora garantías en derechos humanos y regula la detención provisional en casos urgentes. Asimismo, agiliza el intercambio de información judicial y excluye las solicitudes por delitos políticos. Junto a esto, incluye causales de rechazo cuando exista riesgo de tortura, doble juzgamiento o procesos iniciados en el país requerido.
Cooperación penal bilateral
Ambos países oficializaron este tratado para actualizar un marco vigente desde 1935. Entre sus alcances, se obliga a entregar personas acusadas o condenadas por delitos con penas iguales o superiores a dos años de cárcel en ambos sistemas jurídicos. Este estándar común acelera los procesos, entrega mayor certeza jurídica y mejora la persecución de delitos complejos que cruzan fronteras.
Como autoridades centrales, Chile designa al Ministerio de Relaciones Exteriores y Brasil a su Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. Estas instituciones deben asegurar comunicaciones rápidas y el intercambio adecuado de antecedentes judiciales.
El texto, igualmente, incorpora el principio de especialidad y regula la entrega temporal. También considera la incautación de bienes vinculados al delito y define criterios sobre costos de detención y traslado.
Tras los procedimientos internos, el tratado entrará en vigor 30 días después de la última notificación diplomática. Con ello se instala un nuevo estándar de cooperación judicial entre ambos países.
Reacciones por el tratado

Durante el debate intervinieron Diego Schalper, Hotuiti Teao, Félix González, Roberto Arroyo y Alberto Undurraga.
Los parlamentarios destacaron la relevancia del tratado para enfrentar el crimen organizado con herramientas actualizadas. Sin embargo, también se pidió revisar una norma que permite negar la extradición cuando existan motivos fundados de persecución por razones de raza, origen étnico, edad o capacidad mental. Según se sostuvo, esta redacción podría generar interpretaciones amplias y riesgos de uso indebido.
Por otra parte, se advirtió un vacío en la política migratoria y se afirmó que un tratado no basta si persiste el ingreso irregular de personas al país.
