Corte Suprema dicta sentencia definitiva en investigación por secuestro calificado de Herbit Ríos Soto

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La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el secuestro calificado de Herbit Ríos Soto, detenido a partir del 3 de enero de 1974, proceso que fue investigado por el ministro Alejandro Solís Muñoz.

 

En fallo dividido (causa rol 6823-2009), los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal del país -Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Benito Mauriz- determinaron las siguientes penas:
Manuel Contreras Sepúlveda: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Miguel Krassnoff Martchenko: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Marcelo Moren Brito: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Pedro Espinoza Bravo: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Francisco Ferrer Lima: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Fernando Lauriani Maturana: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Rolf Wenderoth Pozo: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Basclay Zapata Reyes: 4 años de presidio. Se concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Orlando Manzo Durán: absuelto por falta de participación.

 

El fallo se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron partidarios de aplicar la prescripción de la acción penal.

 

Para determinar la pena se  acogió la figura de la media prescripción, decisión que se adoptó con el voto en contra del ministro Künsemüller y el abogado integrante Mauriz, quienes fueron partidarios de no acoger la atenuante de responsabilidad penal.

 

En primera instancia, el 29 de marzo de 2007, el ministro Alejandro Solís había determinado penas de 15 años y un día de presidio para los sentenciados Contreras y Krassnoff; de 10 años y un día de presidio para los sentenciados Moren, Wenderoth, Zapata, Espinoza y Lauriani; y de 5 años y un día para el sentenciado Ferrer, las que fueron ratificadas por la Corte de Apelaciones de Santiago, el 17 de abril de 2009.