La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por el secuestro calificado del médico Eduardo González Galeno, ocurrido a partir del 14 de septiembre de 1973, en la localidad de Cunco, Región de la Araucanía.
En fallo unánime (en causa rol 682-2010), los ministros de la Sexta Sala del tribunal de alzada -Carlos Cerda, Manuel Antonio Valderrama y el abogado integrante Francisco Tapia- determinaron las siguientes penas en contra de los ex miembros de Carabineros:
–Clenardo Figueroa Cifuentes: 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro calificado. Sin beneficios.
–Gamaliel Soto Segura: 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro calificado. Sin beneficios.
En el aspecto civil, se acogió la demanda de indemnización de perjuicios presentada por los familiares de la víctima y se determinó que el Fisco debe pagar la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Nelly González Galeno, hermana de la víctima.
En primera instancia, el ministro de fuero Alejando Solís (el 10 de diciembre de 2009) había determinado que Soto Segura tenía responsabilidad como cómplice del delito, condenándolo a la pena en 3 años de presidio, sin beneficios.
Asimismo, había desestimado la indemnización de perjuicios acogiendo la excepción de incompetencia del tribunal.