Corte Suprema rechazó recurso amparo en caso Víctor Jara

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 Corte Suprema rechazó recurso amparo en caso Víctor Jara

 

La Corte Suprema rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de José Paredes Márquez, procesado por el homicidio calificado de Víctor Jara, ocurrido en septiembre de 1973, en Santiago.

En fallo dividido (en causa rol 4239-2009),  los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller ratificaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que, el 18 de junio pasado, había rechazado la presentación cautelar.

Los ministros de la mayoría sostuvieron que el recurso de amparo no es la vía idónea para recurrir de resoluciones judiciales que niegan el conocimiento del sumario de un proceso tramitado, según las normas del Código de Procedimiento Penal (antiguo sistema procesal).

“El tópico de la publicidad o secreto del sumario escapa al ámbito de la acción constitucional de amparo, pues el propio Código de Procedimiento Penal establece los mecanismos para que las partes formulen las peticiones pertinentes y fija los recursos para tales efectos”, dice el fallo.

En tanto, el ministro Segura estuvo por acoger la acción cautelar estableciendo que el secreto del sumario atenta contra las garantías procesales de los imputados por el antiguo sistema.

“Que el secreto total del sumario pone a la defensa del amparado en la situación de no poder instar por la tutela efectiva de los derechos de su representado;
Que, en esencia, las disposiciones legales que declaran que las actuaciones de investigación sean públicas, como lo sancionan las normas legales citadas, miran asegurar efectivamente el derecho de defensa de los imputados, de modo que sólo se puede restringir el conocimiento del sumario respecto a aquellas diligencias que el juez considere absolutamente necesarias para garantizar el éxito de la investigación, de lo cual se desprende, con mayor razón por el largo tiempo transcurrido en estado de sumario, no parece ser razonable mantener en secreto absoluto los elementos reunidos en la indagación que puedan ser útiles a la defensa de quien se encuentra privado de libertad”, afirma el ministro del voto de minoría.