Corte de Apelaciones de Copiapó rechaza cambiar régimen de internación de joven Aarón Vásquez Muñoz
La Corte de Apelaciones de Copiapó revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía que sustituyó la pena de 7 años de internación en régimen cerrado a la que se encuentra condenado Aarón Vásquez Muñoz, por el homicidio de Alejandro Inostroza Villarroel.
En fallo unánime (en causa rol 71-2009), el tribunal de alzada revocó la resolución de la jueza Fresia Ainol Mondaca, quien, el 24 de marzo pasado, sustituyó la pena de internación en régimen cerrado por la de internación en régimen semicerrado.
El fallo del tribunal de alzada sostiene que no se cumplen con los requisitos necesarios para acceder al cambio de régimen al joven internado en un recinto del Servicio Nacional de Menores de Copiapó.
“Ni la resolución impugnada ni el informe en que la misma se sostiene, siquiera ensayan si ha operado en el condenado un cambio objetivo, concreto y sustentado en antecedentes e informes técnicos, de los patrones de conducta que lo llevaron a cometer el asesinato por el cual fue condenado, todo lo cual no puede, sino, llevar a concluir que no se dan los supuestos para la sustitución de la condena originalmente impuesta y, por lo mismo, ésta debe ser mantenida”, dice la resolución del tribunal de alzada.
Y agrega: “además, como indicó el señor Fiscal en estrados, el imputado no ha pagado la multa impuesta en la sentencia definitiva por la comisión de otro delito, tampoco la indemnización civil a que fuera condenado, ni siquiera, las costas de la causa, todo lo cual resulta demostrativo de su actitud respecto de la resolución de la justicia”.