Corte de Apelaciones rechaza recusación de ministro Alejandro Madrid Crohare

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la recusación presentada en contra del ministro Alejandro Madrid Crohare en la investigación por el homicidio del Presidente de la República Eduardo Frei Montalva.

En fallo unánime (en causa rol 3742-2009), los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada Patricio Villarroel, Jorge Zepeda y Pilar Aguayo desestimaron la presentación hecha por el abogado de uno de los procesados en la causa.

 “Que las expresiones del Ministro señor Alejandro Madrid Crohare, dadas a la prensa, las hizo luego de haber  dictado la resolución denominada en el antiguo sistema procesal penal: ‘auto de procesamiento’, y según se constata de las mismas, no aparecen ellas referidas al fondo del asunto como son las propias de un dictamen -entendido éste como opinión y juicio que se forma o emite sobre algo, en este caso, respecto del delito y la concurrencia en él de personas determinadas tal como se plasma en la sentencia definitiva-, sino que, determinadamente, fueron emitidas dentro de la esfera del juicio provisional aunque categórico de dicho auto de procesamiento, previsto en el anterior sistema procesal  inquisitivo, cuya supervivencia sólo lo mantiene la dispensa transitoria constitucional correspondiente”, dice la resolución.

Agrega: “De este modo, si se razona que todo dictamen está constituido por los antecedentes necesarios para dictarlo, es decir, los antecedentes probatorios de la etapa de investigación del proceso y, en su caso, de los elementos de prueba de la etapa de plenario si los hubiere, el señor Ministro Madrid, con sus dichos, por no ser éstos factores causales de una supuesta sentencia futura sino caer dentro de los deslindes del juicio provisional del auto de procesamiento,  no ha podido haber incurrido en la causal legal de inhabilidad propuesta, de haber manifestado  su dictamen sobre la cuestión pendiente”.

La determinación del tribunal de alzada determina que los recurrentes deben cancelar las costas del incidente de recusación.