Ministro Héctor Carreño accede a extradición diferida a Argentina de Luis Casado Córdova
El ministro instructor de la Corte Suprema Héctor Carreño accedió a la solicitud de extradición del Estado argentino en contra del ciudadano Luis Miguel Casado Córdova, quien es requerido por los delitos de asociación ilícita, estafa, daños y sustracción de documentos en el país trasandino.
El magistrado accedió a la presentación realizada en abril pasado por el Estado trasandino (rol 2194-2008) en contra de Casado, quien ha sido requerido por 14 cargos distintos en ese país por su vinculación a un grupo que se dedicaba a las estafas a través de la interceptación de líneas telefónicas para realizar transferencias bancarias.
De acuerdo al dictamen del magistrado, la extradición se verificará una vez que finalice el proceso que se sigue en nuestro país en contra de Casado Córdova en el 32° Juzgado del Crimen de Santiago por el delito de estafa en contra de la Sociedad Negocios y Valores Corredores de Bolsa S.A.
En cuanto al fondo de la sentencia, el ministro Carreño sostiene que en la solicitud de extradición existen los antecedentes suficientes para tener probadas, en esta etapa, la participación de Casado en un delito de asociación ilícita, 12 delitos de estafa, y un delito de sustracción de documentos.
“Que con el mérito de los antecedentes probatorios aportados por el Ministerio Público en representación del Estado requeriente en la audiencia de extradición, en particular los Anexos Nº 1 al Nº 37 que contienen los medios fundantes de la solicitud, y dada la concordancia con efecto inculpatorio que resulta de la apreciación individual y conjunta de cada uno de los elementos de cargo referidos en el motivo anterior, cabe concluir que existe en autos un conjunto de indicios que tienen la coherencia lógica suficiente para concluir que, razonable y seriamente, puede formularse acusación en contra del imputado para proceder a su enjuiciamiento por los hechos que revisten caracteres de delito a que se ha hecho referencia en el fundamento precedente.
Así, se concluye que se encuentra satisfecho el estándar de convicción exigido para acceder al pedido de extradición y cabe por ende desestimar las alegaciones de la defensa formuladas en la audiencia respectiva en cuanto sostuvo la insuficiencia de los antecedentes aportados”, dice el fallo.
El ministro Carreño dispuso, además, que una vez que la extradición quede ejecutoriada se otorgue la libertad provisional del requerido, previo pago de una fianza de $ 15.000.000 (quince millones de pesos) y se disponga como medidas cautelares el arraigo nacional y la firma mensual en dependencias del Ministerio Público.