Corte de Apelaciones de Santiago confirma rechazo de prisión preventiva para educadora de párvulos

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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la resolución de primera instancia que rechazó la prisión preventiva para Eugenia Elizabeth Riffo Tapia, imputada por la muerte de un menor de edad en un jardín infantil de Huechuraba, y determinó las medidas cautelares de arraigo nacional y firma quincenal.

 

En fallo unánime (rol 2316-2010) los ministros de la Octava sala del tribunal alzada Juan Eduardo Fuentes Belmar, Gloria Ana Chevesich y el abogado Antonio Barra ratificaron la decisión de la jueza del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago María Verónica Orozco, quién negó la solicitud de la Fiscalía y querellante, en orden de decretar la prisión preventiva para la parvularia.

“Vistos y oídos los intervinientes y teniendo además presente los propios antecedentes expuestos por éstos en la audiencia, especialmente en lo que se refiere a la dinámica y secuencia de los hechos, la conducta asumida por la imputada despues de ocurridos estos,  lo que unido a  los antecedentes personales de ésta, que no merecen reproches, este Tribunal, en el actual estado de la investigación, es de opinión de  compartir por ahora la calificación de los hechos efectuada por el Juez a quo, y, en consecuencia no concurriendo los presupuestos de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal  no corresponde decretar la medida cautelar personal más gravosa que contempla el Código Procesal Penal, como es la prisión preventiva”, dice la resolución.

La decisión del tribunal de alzada agrega que se “confirma la resolución apelada de veinte de octubre último, con declaración que se decreta como medidas cautelares la firma quincenal de la imputada en las dependencias que, al efecto, fije el Ministerio Público y, asimismo, el arraigo nacional”.