Acuerdos del Pleno de la Corte Suprema

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Acuerdos del Pleno de la Corte Suprema

 

Reunido el Pleno de la Corte Suprema con fecha de hoy viernes 31 de julio de 2009 se abordaron los siguientes asuntos que pueden resultar de interés público:

– Se decidió realizar las Jornadas de Reflexión de la Corte Suprema el 23 y 24 de octubre en la ciudad de Santiago. En estas jornadas se analizan temas destinados al mejor servicio judicial. Se constituyó una comisión de ministros encabezada por Nibaldo Segura e integrada por los ministros Adalis Oyarzún y Jaime Rodríguez, “quienes deberán preparar los temas de la Jornada”, y donde siempre se han presentado nuevos proyectos que han fructificado para el desarrollo del Poder Judicial, dijo el ministro  vocero de la Corte Suprema, Milton Juica.

-Consultado respecto de la decisión del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la gratuidad del turno de abogados, el ministro Juica dijo que “lo inconstitucional no es la obligación de los abogados de defender por turno a las personas, sino que la gratuidad del sistema. Lo cual va a significar que alguien va a asumir el costo de remunerar esa carga de los abogados”.

Agregó que “igualmente los jueces y las Cortes en los casos especialísimos que  corresponda van a tener que designar abogados de turno; y ellos tendrán que cumplir la obligación que tienen. La única diferencia es que se va a tener  que buscar fórmulas para que se les recompense económicamente y en eso va a tener una responsabilidad el Estado”.

– El vocero de la Corte Suprema también fue consultado por  el caso de Alejandro Schayman, quien fue condenado a 20 años de cárcel en 2006, sentencia recientemente confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago con la declaración de que se elevó la sentencia a cadena perpetua calificada.

El ministro dijo que este proceso no encuentra afinado totalmente, porque aún está pendiente el plazo para presentar recursos de casación. Agregó que esta persona estuvo sometida a prisión preventiva durante dos años y luego fue puesto en libertad provisional  “y ese es su estado actual”.

Respecto del posible extravío del libro de firmas del tribunal que tenía la causa y la posible fuga de esta persona, el ministro vocero dijo que “es un tema complejo, porque la reforma penal  implicó que fueran desapareciendo, paulatinamente, los tribunales del Crimen y que estos entregaran los expedientes a los que van quedando. Desde luego habría que verificar si este imputado cumplía o no con la obligación de firmar el libro de los excarcelados. Cuando esa obligación no se cumple, el juez  tiene la posibilidad de revisar la libertad provisional e imponer la aprehensión”. Asimismo, el ministro dijo que esa persona estaba con arraigo y que a quien corresponde resguardar el arraigo es a la policía. “Si él salió del país lo hizo de una manera ilegal o alguien no se dio cuenta de que tenía arraigo”.

Consultado si podría haber muchos otros casos de incumplimiento de la firma, el vocero dijo que a quien le corresponde regular esta materia es a la Corte de Apelaciones respectiva. En este caso, a la de Santiago. “Y es esta la que debiera disponer una investigación si es que existiere alguna confusión respecto de los libros de reos excarcelados. Pero no existe información concreta sobre el tema”.

El ministro Juica puntualizó que: “en rigor, una persona que está el libertad provisional está libre y sólo entre a cumplir la pena cuando la sentencia está ejecutoriada, y este no es el caso. La ausencia de la firma implica un desacato a la libertad provisional  y el juez puede revisar la  decisión. Si no se ha revisado, ha habido un error y hay que averiguar qué pasó. Lo que más podemos hacer es que la Corte de Apelaciones haga uso de sus facultades. Seguramente el presidente de la Corte Suprema hablará con el de la Corte de Santiago para que se haga un seguimiento del tema”, concluyó el ministro vocero.