El ministro de fuero Alejandro Solís dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los secuestros calificados de Luis Acevedo Andrade, Omar Henríquez López y Arturo Villegas Villagrán, ocurridos en la localidad de Coelemu, Octava Región, a partir de octubre de 1974.
El magistrado determinó condenar a:
–Juan Abello Vildósola: 10 años y 1 día de presidio como autor del secuestro calificado de Arturo Villegas Villagrán. Sin beneficios.
–José Jara Caro: 10 años y 1 día de presidio como autor del secuestro calificado de Luis Acevedo Andrade. Sin beneficios.
–Heriberto Rojas Jiménez: 10 años y 1 día de presidio como autor del secuestro calificado de Luis Acevedo Andrade. Sin beneficios.
–Carlos Aguillón Henríquez: 3 años de presidio como cómplice del secuestro calificado de Arturo Villegas Villagrán. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
–Beniamino Bozzo Basso: 3 años de presidio como cómplice del secuestro calificado de Omar Henríquez López. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
–Sergio Arévalo Cid: 541 días de presidio como encubridor del secuestro de Luis Acevedo Andrade. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
–Maximino Cares Lara: 541 días de presidio como encubridor del secuestro calificado de Luis Acevedo Andrade. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.
–Renato Rodríguez Sullivan: 541 días de presidio como encubridor del secuestro calificado de Luis Acevedo Andrade. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.