Corte Suprema condena a Fisco por utilización imagen sin autorización en campaña publicitaria
La Corte Suprema ratificó que el Fisco debe cancelar una suma de $10.000.000 (diez millones de pesos) por la utilización de imagen de una persona sin autorización en el marco de una campaña publicitaria del programa gubernamental Orígenes.
En fallo unánime (en causa rol 315-2009), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal del país, integrada por los ministros Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y Haroldo Brito rechazaron el recurso de casación presentado por el Fisco en contra de la resolución que había ordenado el pago a Erika Elvira Cruz Llancamil.
De acuerdo a los antecedentes del proceso, en 2005 la imagen de la mujer apareció en gigantografías y calendarios del programa Orígenes, sin que ella haya autorizado la publicación de las mencionadas fotografías.
En primera instancia, la jueza del Tercer Juzgado Civil de Temuco María Cristina de la Cruz Arriagada (en cusa rol 2023-2006), determinó que el programa Orígenes incurrió en una conducta culposa al no solicitar la autorización respectiva.
“La demandada utilizó publicitariamente la imagen de la actora en gigantografías y calendarios ubicados y distribuidos en distintas comunas de la Región de la Araucanía y no habiendo acreditado que hubiere requerido la autorización para la utilización de tal imagen, configura una conducta culposa pues, como se ha dicho, la utilización de la propia imagen por un tercero debe ser autorizada por ésta o sus representantes legales, ya que la imagen resulta un atributo de la personalidad, propio e intrínseco de cada persona, que no puede ser utilizado por terceros sin autorización, más aún tratándose de campañas publicitarias de políticas gubernamentales a las cuáles la actora manifiesta no adherir”, dice el fallo.
La magistrada De la Cruz Arriagada había determinado un pago de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos); sin embargo, el monto fue rebajado en la Corte de Apelaciones de Temuco (causa rol 829-2008), lo que fue ratificado por la Corte Suprema.