Por unanimidad, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta dictó hoy -jueves 10 de julio- veredicto condenatorio en contra de D.A.M.C, por su responsabildad, en calidad de autor, del delito de homicidio calificado de Kimberly Tabilo Ahumada, tras el llamado a recalificación hecha por el tribunal, concluidos los tres días que duró el juicio.
La sala -integrada por las magistradas Marcela Nilo, María Isabel Rojas y Milena Rendich- resolvió condenar a D. A. M.C., tras dar por acreditado en el juicio, los siguientes hechos:
“El día 21 de noviembre de 2012, la joven de 16 años Kimberly Alejandra Tabilo Ahumada, luego de haber conversado con Miguel Zepeda Navarrete en las afueras del Colegio Providencia, con el cual días previos había terminado una relación de pololeo, siendo aproximadamente a las 09:30 horas, fue abordada por el acusado D.A.M.C., cuando se encontraba visiblemente afectada por la ruptura sentimental, para luego de mantener una breve conversación, caminar ambos por varios puntos del centro de la ciudad, trayecto en el cual la misma envió varios mensajes de texto desde su celular a su ex pareja y lo llamó de diferentes teléfonos públicos, solicitando su ayuda, por encontrarse con un sujeto que la quería tocar, llevarla con él, darle pastillas y reteniéndola en una camioneta, ante ello, el joven Zepeda Navarrete alertó a la policía y a los padres de la víctima, trasladándose al Liceo Técnico A-14 donde se encontró con los padres de ésta, verificándose que la menor no había asistido a clases como sus padres creían. Posteriormente, el acusado, aprovechándose del angustiado estado emocional de la ofendida, logró que ésta se subiera al automóvil de su propiedad, situándose la joven en el asiento del copiloto, llevándola cerca de las 12:30 horas al domicilio de su ex pareja, ubicado en el sector de la Población Oriente, siendo vista por su madre Angélica Navarrete Lillo a bordo del móvil.
Más tarde, el acusado le provocó a la menor Kimberly Tabilo al menos cuatro lesiones en su cabeza, de mediana intensidad y procedió a asfixiarla con el tirante del bolso que la niña llevaba consigo, hasta quitarle la vida, la cual falleció por asfixia por estrangulamiento con lazo, llevándose el celular de la joven, y alrededor de la media noche dejó su cuerpo abandonado en un sector de roqueríos de la Avenida Pérez Zujovic (…)”.
Según el acta de deliberación, D.A.M.C. actuó con alevosía en los hechos descritos, dejando establecido que “el enjuiciado obró sobre seguro, puesto que impidió cualquier oportunidad de defensa de la ofendida, ya que al ser éste un hombre de mayor contextura y que la doblaba en edad y ella una niña más bien pequeña y que además se trasladaban en el vehículo que él conducía, no pudo contrarrestar las agresiones de las que fue objeto en su cabeza y el estrangulamiento con el tirante de su bolso, dado que no se encontraron evidencias de ello en su cuerpo, lo que demostró un claro aprovechamiento de la situación de indefensión de la víctima y reveló el ánimo alevoso con que el acusado actuó”.
La audiencia de comunicación de la sentencia quedó fijada para las 15.30 horas del próximo martes 15 de julio.