Nuevos Abogados
Sesenta y un Licenciados en Ciencias Jurídicas, egresados de universidades de distintas regiones del país, juraron como abogados en ceremonia solemne efectuada en el Palacio de Tribunales.
El acto fue encabezado por el Presidente de la Corte Suprema Marcos Libedinsky Tschorne, efectuándose el juramento ante el Pleno de Ministros del máximo tribunal.
Esta fue la décimo quinta ceremonia del presente año, ascendiendo a 831 los profesionales titulados a la fecha. Cabe destacar que en el año 2004, un total de 1.435 licenciados recibieron de parte de la Corte Suprema su título de Abogado.
Transcribimos a continuación palabras del Presidente Marcos Libedinsky pronunciadas en la ceremonia de juramento.
Colegas Magistrados de la Corte Suprema
Señoras y Señores
Nuevos abogados
En una audiencia anterior, también destinada a la finalidad de que esta Corte Suprema otorgara a un grupo de Licenciados en Ciencias Jurídicas y Sociales el título de abogados, nos referíamos a la desconfianza que ha servido de fundamento y razón de ser a muchas instituciones jurídicas.
Ahora quiero concretarme en algo opuesto a lo anterior, esto es, la confianza que debería existir en las relaciones entre jueces y abogados. Y digo con toda intención, debería existir, porque lo cierto es que abogados y magistrados acostumbran a vivir rodeados de una atmósfera de desconfianza por desgracia, bastante densa.
El juez piensa del abogado. ¿En qué forma me estará engañando? Y el abogado piensa del juez: ¿A que influencias se someterá para desconocerme la justicia?.
Los procesos judiciales tienen un acentuado carácter de lucha, de contienda. Como lo hace notar Angel Ossorio, ex Decano del Colegio de Abogados de Madrid, cada abogado choca con el otro y el Tribunal con los dos. ¿En qué formas se manifiesta la desconfianza en estas contiendas?. A continuación presentamos algunos ejemplos proporcionados por el mismo Angel Ossorio:
Se pide modificación de una resolución. El Juez supondrá que sólo se trata de una obcecación del amor propio o de una argucia dilatoria.
Queda el expediente para resolver alguna petición. El abogado dará por sentado que el juez no leerá los autos.
Se formula una petición de modo conciso. Es que el abogado es flojo o no estudia, y sólo trata de salir del paso.
Se escribe largo. No es por exigencias de los razonamientos, sino por la intención de cobrar mayores honorarios.
El abogado pierde el pleito. Claro, de inmensas influencias gozó la parte contraria sobre el juez.
El abogado gana el pleito, pero sin condena en costas. Ya que era imposible que me negaran la razón, sirvieron al adversario o a sus padrinos eximiéndolo de esta prestación.
El abogado gana el pleito, con costas. No había más remedio, pero así y todo, los considerandos no nos satisfacen.
Reconocen los abogados que hasta está bien escrita la resolución. Pues no será del juez, sino del secretario que es más preparado.
Así, no se puede litigar.
Piero Calamandrei, el insigne tratadista italiano, enseñaba que el primer requisito de los abogados es tener confianza en los jueces. Y explicaba que “Quien comparece ante un tribunal llevando en su legajo, en lugar de justas y honestas razones, recomendaciones secretas, ocultas peticiones, sospechas sobre la corruptibilidad de los jueces y esperanzas sobre su parcialidad, no debe asombrarse si, en vez de hallarse en el severo templo de la justicia, cree encontrarse en un alucinante barracón de fiera, en el que en cada pared, un espejo le restituye, multiplicadas y deformadas, sus propias intrigas. Para encontrar la pureza en los tribunales, es preciso penetrar en su recinto con espíritu puro (todo es limpio para los limpios)”.
¿Ahora bien, qué directivas pueden seguir Uds. para adentrarse con espíritu puro en el campo de lo judicial, una vez que empiecen a ejercer la profesión de abogados?
La gran mayoría de ellas están contenidas en el Código de Ética profesional del Abogado, cuya aplicación, por desgracia se encuentra en la actualidad bastante limitada en virtud de las normas que otorgaron carácter meramente voluntario a la afiliación a una asociación gremial, como son los Colegios de Abogados. Pero, para los efectos que aquí nos interesan -confianza y pureza de espíritu- no puede desconocerse la utilidad y vigencia de las disposiciones del mencionado Código.
Señalemos algunas de ellas:
“El abogado debe tener presente que es un servidor de la justicia y un colaborador de su administración; y que la esencia de su deber profesional es defender empeñosamente, con estricto apego a las normas jurídicas y morales, los derechos de su cliente”.
“El abogado debe mantener el honor y la dignidad profesionales. No solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medios lícitos, la conducta moralmente censurable de jueces y colegas”.
“El abogado debe obrar con honradez y buena fe. No ha de aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de justicia.”
“El abogado debe abstenerse del empleo de recursos y formalidades legales innecesarias, de toda gestión puramente dilatoria que entorpezca injustamente el normal desarrollo del procedimiento y de causar perjuicios innecesarios.”
No me cabe duda de que, observando estas normas fundamentales, Uds. honrarán la profesión de abogado y sortearán con éxito los conflictos jurídicos y éticos que puedan presentárseles en su labor de servidores de la justicia.
Mis palabras finales son para pedirles a Uds. jóvenes abogados, que no defrauden esa esperanza firme, esa confianza que sus padres, familiares y todos nosotros como testigos del juramento que recién habéis prestado, hemos depositado en Uds., al esperar que logren pleno éxito en sus vidas y en su actividad profesional.
Muchas gracias
Nómina de Abogados
01.- ACUÑA SANCHEZ, FRANCISCO JAVIER
02.- AGUIRRE ZULETA, CLAUDIA ALEJANDRA
03.- AGURTO ESPARZA, MANUEL ANTONIO
04.- AMARO ROMERO, ISABEL ELIANA
05.- ANGULO GUZMAN, VICTOR GERMAN
06.- ARAYA FUENTES, ALEJANDRA ISIS
07.- ARELLANO HERMAN, ALICIA MARIA CRISTINA
08.- ARRIAGADA FERIS, PABLO ANDRES
09.- AZOCAR CUEVAS, JAIME ANDRES
10.- BUSTOS BOTTAI, RODRIGO GUILLERMO
11.- CABRERA FLETA, NANCY DEL PILAR
12.- CAMPOS BASTIDAS, CONSTANZA MARIA
13.- CARDENAS DERAMOND, MARJORIE ALEJANDRA
14.- CASTILLO PERFETTI, ALDA PAMELA
15.- CASTRO CRUZ, MARIA IGNACIA
16.- CISTERNAS JOHNSON, MARCELO RODRIGO
17.- COLOMER SANHUEZA, MARIA JOSE
18.- CORVALAN RODRIGUEZ, ALEJANDRA
19.- COSTA NAVARRO, BENJAMIN
20.- DE VESCOVI EWING, PAOLA PIA
21.- DURAN PAREDES, FILOMENA DEL PILAR
22.- FLORIDO GARAY, INGRID GRISEL
23.- FREIRE OLIVA, VIVIANA ALEJANDRA
24.- FUENTES MANRIQUEZ, CARLOS MANUEL
25.- GALLARDO CORNEJO, BERNARDO RODRIGO
26.- GARCIA GAJARDO, PABLO IGNACIO
27.- JERIA MADRID, MITZY DE LOS ANGELES
28.- KUNSTMANN CASAS, CRISTIAN ALFONSO
29.- LAGOS FERNANDEZ, ANA VIRGINIA
30.- LEZANA AGURTO, PATRICIA SORAYA
31.- MANRIQUEZ BARRIENTOS, HECTOR GENARO
32.- MATUS ZUÑIGA, CAMILA FERNANDA
33.- MIRANDA JIMENEZ, PABLO ANDRES
34.- MOLINA HONORATO, RODRIGO ANDRES
35.- MONSALVES HERRERA, JAIME MARCELO
36.- MORA CAPDEVILA, NICOLAS
37.- MUNDACA CANAAN, ANDRES ALBERTO
38.- NICOLA SEVES, GABRIEL OSCAR
39.- NORAMBUENA AYMAR, PAMELA ALEJANDRA
40.- ORTIZ KRAUSE, RODRIGO FELIPE
41.- OYARCE REYES, MARCELO ANDRES
42.- PALACIOS STROOMAN, MARIA DE LOS ANGELES
43.- PALMA TAGLE, JOSE RAMON
44.- PEREIRA PEREIRA, RODRIGO ANDRES
45.- PEREZ MALDONADO, GUIDO ALFONSO
46.- PIZARRO ACEVEDO, MARIA GRACIELA
47.- PONCE PINEDA, LEONARDO JAVIER
48.- REVECO FLORES, MAGALY DE LOURDES
49.- RIQUELME YAÑEZ, RODRIGO JONATHAN
50.- RODRIGUEZ OSSA, MAURICIO ANDRES
51.- ROJAS BARRERA, ERIC SALVADOR
52.- SAAVEDRA DURAN, ALEJANDRA VERONICA
53.- SEPULVEDA BIERMANN, MARCO ANTONIO
54.- SEPULVEDA HERNAIZ, FRANCISCO JAVIER
55.- SOBARZO-LEGIDO NEGRONI, AUGUSTO ALVARO
56.- TOLEDO SMITH, PAZ MACARENA
57.- TORRES ASCENCIO, DIDIER ALEJANDRO
58.- UBEIRA OSSES, CRISTIAN ALONSO
59.- VERA DIAZ, HECTOR RODRIGO
60.- VILCHES ROJAS, JOSE ANTONIO
61.- ZURITA RAMIREZ, CAROLINA PAZ