Nuevos Abogados
Cincuenta y cinco Licenciados en Ciencias Jurídicas, egresados de universidades de distintas regiones del país, juraron como abogados en ceremonia solemne efectuada en el Palacio de Tribunales.
El acto fue encabezado por el Presidente de la Corte Suprema Marcos Libedinsky Tschorne, efectuándose el juramento ante el Pleno de Ministros del máximo tribunal.
Esta fue la décimo octava ceremonia del presente año, ascendiendo a 989 los profesionales titulados a la fecha. Cabe destacar que en el año 2004, un total de 1.435 licenciados recibieron de parte de la Corte Suprema su título de Abogado.
Transcribimos a continuación palabras del Presidente Marcos Libedinsky pronunciadas en la ceremonia de juramento.
Colegas Magistrados de la Corte Suprema
Señoras y Señores
Nuevos abogados
Nos encontramos reunidos en la audiencia pública, establecida por la ley, con el objeto de que esta Corte Suprema les haga entrega a Uds., Licenciados en Ciencias Jurídicas y Sociales, del título de abogado.
En esta ocasión deseo referirme a la confianza que la ciudadanía debe tener en los jueces.
El juez no es un político. No representa a un sector u otro. No tiene que presentarse a las elecciones cada cierto tiempo, ni que idear un programa electoral para tales propósitos. Por mandato constitucional goza de estabilidad en su cargo. El juez es neutral, alguien que juzga objetivamente el conflicto específico que tiene ante sí.
Necesariamente, esta función de la que el juez está dotado requiere la existencia de la independencia judicial como requisito previo. El juez no ha de tener más subordinación que la Constitución y las Leyes y las partes no pueden tener, frente a sus resoluciones, otra vía que los recursos legales.
En un Estado democrático y pluralista la justicia debe quedar estructurada de modo separado e independiente de los otros órganos del Estado. La división de poderes resulta una necesidad impuesta por la naturaleza de las distintas funciones del Estado.
Sin embargo, aunque la independencia judicial es condición sine qua non para la función judicial, constituye una condición necesaria pero no suficiente. En efecto, el juez no puede funcionar eficazmente sin la confianza pública. La confianza de los ciudadanos en la judicatura representa una condición previa e indispensable para el correcto funcionamiento del papel del juez. El juez depende exclusivamente de la confianza pública.
Por supuesto que la confianza en este contexto no equivale a la coincidencia con las decisiones fundamentales de la judicatura. Es bastante obvio que el Juez, con frecuencia, decidirá en contra del punto de vista de la mayoría en un asunto dado. En cambio, la confianza pública en la judicatura implica confianza en la justicia, imparcialidad y neutralidad de la judicatura. Ello se refiere a la confianza en la integridad moral del juez más que a su tendencia a concordar con la opinión pública en cada caso concreto. Esto implica y requiere la firme convicción ciudadana de que el juez no es, bajo ninguna circunstancia, parcial; siendo su única motivación la protección del imperio de la ley, no su propio poder o prestigio.
El juez debe, por lo tanto, caracterizarse por su absoluta neutralidad con respecto a las partes y asuntos que tengan ante sí.
Juzgar no es simplemente un trabajo. Cada juez debe cumplir su misión con integridad intelectual y humildad, debe ser autocrítico y carecer de cualquier rastro de arrogancia que le pueda inducir a equivocarse en su propia suntuosidad. Debe dar prueba de humildad intelectual, permitiéndole de ese modo admitir sus errores. Debe esforzarse en encontrar soluciones que reflejen un equilibrio de justicia e igualdad para todos. Así, por encima de todo, debe luchar por llevar a su más completa expresión el valor fundamental que esencialmente se predica de toda ley en el que casi toda sociedad se basa, la justicia. El juez debe hacer justicia.
Mis palabras finales son para felicitarlos a Uds., jóvenes abogados y a sus padres y familiares que hoy los acompañan, deseándoles pleno éxito en sus vidas y en su actividad profesional.
Muchas gracias
Nómina de Abogados
1. AGUILERA CANALES, OMAR FRANCISCO
2. ALBORNOZ GABILAN, JOSE ESTEBAN
3. ALIAGA MARINO, JENNY MARIANELA
4. ALVAREZ BASAEZ, CLAUDIO MIGUEL
5. AMIRA REDDERSEN, ANDREA CAROLINA
6. ARAYA PEREZ, RODRIGO ANDRES
7. ASTORGA RAMOS, NORA PATRICIA DE LOURDES
8. BASTIDAS SALGADO, ANIELA VERONICA
9. BRITO SEPULVEDA, PATRICIA ALEJANDRA
10. CACERES CORNEJO, CLAUDIA PAMELA
11. CAMPOS ALVAREZ, PATRICIA ISABEL
12. CANDIA VENEGAS, GERMAN ANDRES
13. CAROCA CORTES, LORETO MARGOT
14. CARRASCO GUZMAN, ANTON EVALDO TERCERO
15. DE CARVALHO GONZALEZ, ESTRELLA DALVA
16. ESCOBEDO SANTANA, MARIA JOSE
17. FASANI EHLERS, CONSTANZA
18. FUENTEALBA REYES, JUAN PABLO
19. GODOY IBAÑEZ, RODRIGO IGNACIO
20. GONZALEZ AZOCAR, OSIEL LUIS
21. GUTIERREZ SAEZ, MAURICIO ANDRES
22. GUZMAN MOHR, JOSE ALBERTO
23. IBACETA MEDINA, DAVID ALEJANDRO JESUS
24. INDA COSTA, DAVID SEBASTIAN
25. ITURRIETA CABEZAS, ALVARO ALEJANDRO HUMBERTO
26. LORCA DONOSO, CRISTIAN
27. LOYOLA LAREE, ALEJANDRA ANDREA
28. MAIRA BRAVO, ERIKA ALEJANDRA
29. MARIN LEIVA, PATRICIA LUCIA
30. MARTINEZ ALFARO, GILDA BEATRIZ
31. MENDICUTE ARECHAVALA, JUAN IGNACIO
32. MUÑOZ KITTSTEINER, MARIBEL VALENTINA
33. NAVARRO BUSTAMANTE, CLAUDIO ANDRES
34. PEREA CASTAÑEDA, DANIELA ANDREA
35. PEREIRA DIAZ, ELENA LUZMIRA
36. PRIETO GONGORA, ALODIA XIMENA
37. QUINTANILLA PONCE, ALVARO
38. RENCORET MUJICA, FRANCISCO JOSE
39. REYES MUÑOZ, JORGE ARTURO
40. RIVERA GALLARDO, NICOLAS IGOR
41. RIVERA PARADA, ROSA LUCIANA
42. RIVER RUIZ-TAGLE, CLAUDIO IGNACIO
43. ROJAS DONOSO, CARMEN GLORIA
44. ROJAS MANCHEGO, OSCAR EDMUNDO
45. ROJAS VILLEGAS, JOSE MIGUEL
46. SAEZ LEMARI, LILIAN ELIZABETH
47. SALLES UBILLA, PABLO ANDRES
48. SAN MARTIN SCHRODER, JUAN IGNACIO
49. SEPULVEDA FEHRMANN, MARCIA ANDREA
50. SOLER AQUEVEQUE, PATRICIO ANDRES
51. TAPIA ALFARO, LEONARDO ESTEBAN
52. VALDES EULUFI, PAMELA ANGELICA
53. VARELA OVALLE, JUAN PABLO
54. VICENCIO BAZAES, FERNANDO SEBASTIAN
55. ZAVALA BARRIOS, MASSIEL ESTEFANIA