Reajuste de Cuantías
Transcribimos acta con acuerdo de Pleno, sobre la materia que indica.
A C T A Nº 17-2007
En Santiago a nueve de marzo de dos mil siete, se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su titular don Enrique Tapia Witting y con la asistencia de los Ministros señores Libedinsky, Gálvez, Chaigneau, Rodríguez Ariztía, Alvarez, Marín, Juica, Segura, Oyarzún, Rodríguez Espoz, Ballesteros y Muñoz, señora Herreros y señores Dolmestch, Araya, Valdés, Carreño y Pierry.
REAJUSTE DE CUANTIAS
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 1417 de 1976, modificado por el Decreto Ley Nº 2416 de 1978 y haciendo uso de la facultad contenida en el inciso segundo de esa norma, se reajustan las cuantías de los asuntos determinados en pesos, de la siguiente manera:
En el inciso final del artículo 198 del Código Orgánico de Tribunales, se sustituyen los guarismos “5.000” y “3.750” por “5.200” y “3.900”, respectivamente.
Publíquese en el Diario Oficial.
Diríjase las correspondientes comunicaciones.
Para constancia se extiende la presente acta.-