Acuerdo de Pleno

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Acuerdo de Pleno

Transcribimos acuerdo del Pleno de Ministros de la Corte Suprema de Justicia, adoptado con esta fecha.

Acta N°53 – 2004

Santiago, a uno de junio de dos mil cuatro.

Se reunió en sesión extraordinaria el tribunal Pleno presidido por su Presidente titular don Marcos Libedinsky Tschorne y con la asistencia de los Ministros señores Alvarez García, Benquis, Tapia, Chaigneau, Rodríguez Ariztía, Cury, Pérez, Alvarez Hernández, Marín, Espejo, Medina, Kokisch, Juica, Segura, señorita Morales, señores Oyarzún y Rodríguez Espoz.

Y se tomó conocimiento de un documento remitido a esta Corte Suprema por la señora Ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Gloria Ana Chevesich Ruiz designada Ministra en Visita extraordinaria para conocer de la causa rol n º 15.260 del Décimo Séptimo Juzgado del Crimen de esta ciudad, sobre materias que son de público y general conocimiento. El expresado documento aparece recibido por el Relator de Pleno de este Tribunal con un cargo fechado el día diecisiete de mayo pasado a las 08:30 horas,

Y teniendo especialmente presente:

Que del contenido de la expresada comunicación, que fluye de su atenta lectura, aparece de manifiesto que la Ministro señora Chevesich, con ocasión de la investigación que realiza en los autos referidos, por expresa designación que efectuara el Pleno de este Tribunal con fecha veintiuno de enero de dos mil tres y con motivo de las resoluciones que ha debido adoptar o que podría en el futuro decretar, ha recibido o sido objeto de presiones, algunas veladas y otras directas, con finalidades que resultan obvias;

Que esta Corte Suprema rechaza de la manera más enérgica las interferencias o presiones indebidas de todo orden que la señora Ministro Chevesich ha estimado necesario, en resguardo de su independencia, poner en conocimiento de esta Corte y al efecto, le reitera la confianza que le dispensara al designarla Ministro Visitadora para el proceso ya señalado, en razón de su conocida capacidad e idoneidad profesional;

Que sin perjuicio de lo recién expresado, esta Corte Suprema en la obligación que le corresponde de cautelar que los jueces estén en todo momento, por graves que sean las circunstancias de que conozcan, en condiciones de cumplir con sus delicadas y elevadas funciones con la independencia que le aseguran la Constitución y las Leyes, adoptará en cada caso las medidas necesarias para resguardar con la mayor energía esas garantías de independencia de las que debe estar revestida la función de los Jueces de la República;

Que esta Corte, además y luego de escuchar la cuenta de las actuaciones del señor Presidente sobre la materia, rechaza las expresiones periodísticas que han intentado comprometerlo en situaciones que no se compadecen con su honorabilidad y con la responsabilidad y dignidad del cargo que ejerce.

Transcríbase a la señora Ministro este acuerdo y dése conocimiento público.-