Corte de Santiago ordena a Municipalidad de Ñuñoa renovar patentes de alcoholes que rechazó sin fundamento

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Ñuñoa que rechazó la renovación de patentes de alcoholes de local comercial El Pacto Restobar.

En fallo unánime (causa rol 10.674-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Dobra Lusic, Jenny Book y el abogado (i) Jorge Benítez– estableció el actuar ilegal, arbitrario e infundado del municipio, por lo que le ordenó proceder a la inmediata renovación de las patentes.

“Que la materia relacionada con el otorgamiento y renovación de patentes de alcoholes por parte del ente municipal se encuentra reglada en la Ley N° 19.925 Sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas y N° 18.695, de Rentas Municipales, de cuyas normas resulta que la Municipalidad respectiva puede no renovar las patentes de alcoholes concedidas siempre que el contribuyente se encuentre en situación de infracción normativa, lo que acontecería en el evento que el local haya sido clausurado definitivamente por infracción a la ley de alcoholes o a las disposiciones municipales”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que además, la decisión adoptada no aparece respaldada por informes policiales de Carabineros de la comuna que den cuenta de alguna infracción en que se hubiese incurrido con motivo de la actividad comercial; ni existe informe o petición negativa de la(s) Junta (s) de Vecinos respectiva”.

Para el tribunal de alzada: “(…) en estas circunstancias, la decisión del Consejo Municipal y la Municipalidad recurridos denunciada en estos autos, carente de fundamentación suficiente, infringe lo preceptuado en los artículos 11 y 41 de la Ley N° 19.880, y priva de razonabilidad a la resolución adoptada, tornándola en ilegal y arbitraria, afectando los derechos constitucionales consagrados en los numerales 21 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental de que es titular la recurrente, puesto que impide a esta el ejercicio de una actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o la seguridad nacional, así como el derecho de propiedad sobre el establecimiento comercial y las respectivas patentes que lo amparan”.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE el recurso deducido en favor de CERVECERIA EL PACTO LIMITADA, en contra de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa y del Consejo Municipal de la misma comuna y, en consecuencia, se deja sin efecto el Decreto Municipal recurrido N° 196, de 4 de febrero de 2022, que dispuso la no renovación de las patentes de alcoholes individualizadas en el recurso, y los resolutivos posteriores que mantuvieron dicha decisión, debiendo procederse por el ente municipal a la inmediata renovación de dichas patentes, sin más trámite”.