El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Michel Alejandro Osorio Pizarro a la pena de cumplimiento efectivo de 4 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado. Ilícito pesquisado en marzo del año pasado, en la comuna de Recoleta.
En fallo unánime (causa rol 387-2022), el tribunal –integrado por los jueces Matías de la Noi Merino (presidente), Nelson González Valenzuela y Carlos Iturra Lizana (redactor)– aplicó, además, a Osorio Pizarro las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 5 UTM.
En la causa, el tribunal decretó la absolución por falta de pruebas, de Osorio Pizarro de la acusación fiscal que le atribuía autoría en el delito de estafa residual.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 13:30 horas del 12 de marzo de 2022, “(…) Michel Alejandro Osorio Pizarro ingresó al servicentro GO ubicado en Av. Recoleta con calle La Serena, comuna de Recoleta, conduciendo y manteniendo en su poder el vehículo marca Mercedes Benz, modelo C180, color blanco, que mantenía encargo por el delito de robo, donde efectuó una compra de combustible, solicitándole al bombero de la estación de servicio don José Finol González cargar $30.000 en bencina, e intentó fugarse del lugar conduciendo el automóvil sin pagar el valor de la bencina, procediendo el Sr. Finol González a abrir la puerta del vehículo mientras se encontraba en movimiento logrando ingresar a este reduciendo al acusado, para ser entregado posteriormente a Carabineros”.
“Que los hechos referidos precedentemente importan para el Tribunal la calificación jurídica del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, toda vez que de aquellas pruebas se desprende que el acusado fue sorprendido en posesión y conduciendo un vehículo motorizado de alta gama sin sus placas patentes, el que había sido robado mediante intimidación seis días antes, y en tales condiciones concurrió a cargar combustible a un servicentro desde donde intentó escapar sin pagar el precio del producto, debiendo ser retenido por funcionarios del servicentro y entregado a Carabineros, de lo que se desprende que no han podido menos que conocer el origen ilícito del móvil que conducía, lo que configura tanto los elementos objetivos como subjetivos del referido tipo penal”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “Sin embargo, y aunque el Ministerio Público no insistió en esta figura delictiva, los hechos relatados no consiguen configurar igualmente un delito de estafa residual, tal como viene propuesta en uno de los acápites de la acusación, ya que en la especie hubo un intento de apropiación por medios materiales del combustible cargado en el vehículo, lo que descarta aquella figura delictiva, por lo que deberá ser absuelto de dicho cargo”.