La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que rechazó la demanda de cumplimiento forzado de contrato con indemnización de perjuicios, presentado en contra de la empresa de equipos de calefacción y climatización Ingeniería de Combustión Bosca S.A.
En fallo unánime (causa rol 3.332-2023), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Arturo Prado, María Angélica Repetto, Leopoldo Llanos, María Soledad Melo y el abogado (i) Enrique Alcalde– desestimó la procedencia del recurso por estar mal formulado.
“Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone ‘exprese’, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que estos sean ‘de derecho’”, reitera el fallo.
La resolución agrega: “Que versando la contienda sobre una acción de cumplimiento forzado de contrato con indemnización de perjuicios, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar la transgresión de aquellos preceptos que, al ser aplicados, sirven para resolver la cuestión controvertida. Sin embargo, el recurrente omite extender la infracción a los artículos 1489 y 1556 del Código Civil, teniendo en consideración que fue precisamente esta normativa la que junto a la denunciada sirvió de sustento jurídico a la demanda intentada y luego fue aplicada por los sentenciadores para resolver el litigio. Y al no hacerlo genera un vacío que la Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que reviste el recurso de nulidad interpuesto”.
Por tanto, se resuelve que: “se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Claudio Cisternas Contreras, en representación del demandante, en contra de la sentencia de veintiuno de diciembre de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.