La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $30.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Clara del Carmen Yuriko Yamada Yasunaga, enfermera que fue detenida el 8 de octubre de 1980 en la comuna de La Florida, por agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), quienes la sometieron a interrogatorios bajo tortura.
En fallo unánime (causa rol 6.525-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, Jenny Book y el abogado (i) Sebastián Hamel– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 17° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio en proporción al daño acreditado.
“Que la justipreciación del daño moral o extrapatrimonial es un ejercicio que, atendida la naturaleza del perjuicio, necesariamente debe quedar entregada a la prudencia de quien juzga, para lo cual debe hacerse una comparación con lo que habitualmente se suele otorgar en sentencias por este concepto en casos similares en consideración a los daños acreditados, extrapatrimoniales y al tipo de victima que demanda”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que ha de tenerse en cuenta para determinar el monto de indemnización por daño moral, los hechos establecidos en la sentencia los que dan cuenta que la demandante hasta la actualidad padece trastornos y patologías psíquicas como consecuencia de la detención ilegal, torturas sufridas. Especialmente porque estos hechos produjeron un quiebre radical en su proyecto de vida, teniendo consecuencias a nivel laboral, social y familiar. Relevante, además, resulta que el demandado no controvierte la detención como tampoco las torturas y padecimientos sufridos por la demandante”.
“Que atendido el mérito de las probanzas, estima esta Corte, más adecuado al sufrimiento experimentado por la demandante regular el monto por daño moral que debe pagar el demandado en una suma superior”, añade.
“De esta forma, considerando los hechos asentados en la sentencia, se avalúa prudencialmente el daño moral en la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos), más los reajustes establecidos en el fallo”, concluye.