Corte de Apelaciones de Temuco decreta medidas cautelares para imputado por muerte de comunero

Portada » Corte de Apelaciones de Temuco decreta medidas cautelares para imputado por muerte de comunero

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso interpuesto por el Ministerio Público y resolvió decretar las cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional para Mauricio Ernesto Briceño Medina, imputado por el ente persecutor como autor del delito de homicidio simple. Ilícito presuntamente perpetrado el sábado 4 de junio, en la comuna de Villarrica

En fallo unánime (causa rol 497-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carlos Gutiérrez, Alberto Amiot y el abogado (i) Roberto Contreras– revocó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica, el 8 de junio recién pasado, que no había decretado cautelares para el imputado, estableciendo medidas suficientes y proporcionales para asegurar los fines del proceso.

“Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Por su parte, el inciso 2 del artículo 139 del mismo Código dispone que la prisión preventiva proceder cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas por el juez como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad”, señala el fallo.

Agrega: “Que, con el mérito de los antecedentes expuestos en la audiencia, esta Corte aprecia que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve insatisfecha con otras medidas cautelares de menor intensidad contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, las que se decretará en lo resolutivo”.

“Y atendido lo dispuesto en los artículos 140, 155 del Código Procesal Penal y 352 y siguientes del mismo Código, SE REVOCA la resolución apelada dictada en la audiencia de ocho de junio del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica, respecto del imputado MAURICIO ERNESTO BRICEÑO MEDINA y en su lugar se declara que se decreta las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial y arraigo nacional, contempladas en las letras a) y d) del artículo 155 del Código antes indicado. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido”.