La Corte de Temuco rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Robinson Segundo Cartes Marín, imputado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio. Ilícito perpetrado en agosto recién pasado, en la comuna de Chol Chol.
En fallo unánime (causa rol 1.536-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada ordenó la permanencia de Cartes Marín en prisión preventiva, por compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Se estima que se encuentran suficientemente justificados los presupuestos materiales contemplados en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia del delito por el cual se ha formalizado la investigación y la participación punible que se le atribuyó al imputado por parte del ente persecutor”, consigna el fallo.
Para el tribunal de alzada: “Más allá de las dinámicas del hecho, las que deberán ser resueltas en el fondo, esto es, respecto de la hora en que se produjeron los hechos y aquella en que se le prestó ayuda a la víctima, lo cierto es que, las lesiones referidas en estrados, en el actual estadio procesal, no logra justificar la hipótesis de la legítima defensa, debiendo ser, en todo caso, una alegación de fondo o eventualmente, procederse a una nueva revisión de la medida cautelar mediante la incorporación de nuevos antecedentes”.
Según el ente persecutor, cerca de las 21:00 horas del 30 de agosto de 2024, la víctima se encontraba al exterior de su domicilio, en la comuna en Chol Chol, lugar al que llegó el imputado y se generó un altercado entre ambos. Tras un forcejeo, Cartes Marín con un chuzo derribó a la víctima, a quien continuó golpeando en el suelo, provocándole la muerte camino a un centro asistencial.