Enfrentar el incremento de la violencia en los establecimientos educacionales es el objetivo de sendos proyectos sometidos a la discusión legislativa en las comisiones de Educación y Constitución.
Como introducción, la ministra de Educación, María Paz Arzola, afirmó ante la comisión del ramo que hoy “el derecho a la educación está gravemente amenazado por la inseguridad y por la ocurrencia de hechos no solo violentos, sino que abiertamente delitos en el espacio escolar”.
El plan denominado “Escuelas protegidas” considera medidas legislativas que apuntan a abordar temas complejos en la convivencia escolar.
Según las cifras expuestas, en 2025 existieron diariamente, en promedio, 43 delitos, faltas o infracciones vinculados a violencia escolar. De estos, 31 correspondieron a delitos contra la integridad de las personas, cinco a delitos asociados a drogas y 4,5 a delitos vinculados al porte de armas.
Medidas preventivas en contexto escolar
En primer lugar, el proyecto (boletín 18156) introduce cambios a Ley general de Educación y otros cuerpos legales, para adoptar medidas que enfrenten la violencia escolar, a partir de:
- Evitar el ingreso, uso, porte y posesión de elementos que pudiesen ser utilizados para agredir a otros, dañar la infraestructura escolar o que podrían ser potencialmente peligrosos para los miembros de la comunidad educativa. Esto a partir de la revisión de bolsos, mochilas o pertenencias personal de los estudiantes.
- Modificar del Código Procesal Penal que faculta a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública para efectuar la revisión de vestimentas y/o efectos personales de los estudiantes, con pleno respeto a sus derechos fundamentales.
- Establecer que las denuncias de convivencia se deberán realizar tras agotar todas las instancias de gestión colaborativa.
- Evitar la interrupción violenta de clases, como prohibir el uso de vestimentas o accesorios que impidan la identificación facial. Asimismo, incorporar como causal de afectación grave a la convivencia escolar aquellos actos que tengan como consecuencia la interrupción total o parcial de clases o altere la jornada escolar.
- Incorporar como requisito para obtener la gratuidad en la educación superior, no haber sido condenado por delitos que atenten contra la vida, la integridad física o psíquica de las personas, o contra la propiedad o la infraestructura pública.
Reacciones parlamentarias
En la discusión posterior hubo coincidencia en la necesidad de abordar la violencia escolar, pero matices respecto de si las medidas propuestas por el Ejecutivo contribuirán efectivamente a ese objetivo y si existe capacidad financiera y humana para implementarlas.
Desde esa línea, diputados de las bancadas de la UDI y Republicanos destacaron que el gobierno está tomando acciones urgentes y respaldaron que se considere restringir acceso a beneficios del Estado, como la gratuidad, para quienes cometen delitos. En ese sentido, se señaló que es de toda lógica que quienes afecten la propiedad pública no puedan beneficiarse de recursos que aportan todos los chilenos.
En otras posturas, se planteó revisar la gradualidad de las sanciones, de acuerdo a la gravedad de las faltas o delitos cometidos. Se invitó también a revisar el rol de los padres y no cargar todas las sanciones en los niños.
Asimismo, legisladores de las bancadas del Frente Amplio, PC y PS, plantearon inquietudes sobre cómo se ejecutarán medidas como la revisión de mochilas. Especialmente, se alertó que es entregar a los docentes y asistentes de la educación una responsabilidad para la cual no están capacitados y que pone en riesgo su integridad personal.
Otro punto expuesto por diputados de diversos sectores es si está considerado abordar materias de salud mental, que afectan tanto a docentes como a estudiantes y sus familias. Igualmente, respecto de problemas más generales de la sociedad como el acceso a armas, que impactan en episodios de violencia escolar.
Agravantes penales
El segundo proyecto (boletín 18155), radicado en la Comisión de Constitución, aborda el régimen penal de delitos cometidos dentro de un establecimiento escolar o en lugares donde se desarrollen actividades curriculares o extracurriculares, y que afecten a miembros de la comunidad educativa.
Al respecto, el texto dispone incorporar como agravantes cometer ciertos delitos en contra de integrantes de las comunidades educativas y cometer estas conductas dentro de los establecimientos.
En la instancia, tras la presentación realizada por el ministro de Justicia, Fernando Rabat, las y los legisladores plantearon la necesidad de revisar si estas figuras agravadas se pueden también considerar en otras áreas como los centros de salud.
Pero, igualmente, criticaron que no queda claro cómo se interrelaciona esta propuesta normativa con la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.
Ambas instancias acordaron recibir opiniones de expertos, así como de representantes de las áreas ctores afectadas para avanzar en la discusión.
