A ley obligación de Declaración de Intereses y Patrimonio para el personal de Gendarmería

Portada » A ley obligación de Declaración de Intereses y Patrimonio para el personal de Gendarmería
A ley obligación de Declaración de Intereses y Patrimonio para el personal de Gendarmería

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y dejó en condiciones de ser promulgada como ley, el proyecto (boletín 16985) que establece para el personal de Gendarmería de Chile la obligación de efectuar declaraciones de intereses y patrimonio (DIP). La medida se enmarca en la Ley 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.

La iniciativa modifica el decreto ley N° 2859 para ampliar los niveles de exigencia al interior de la institución. De este modo, el texto señala que tanto el personal de planta como los honorarios quedarán sujetos a esta exigencia.

Lo anterior, porque resulta trascendental refrendar la integridad de Gendarmería frente a las operaciones del crimen organizado y el narcotráfico. Según los fundamentos del proyecto, una de las estrategias principales de estas bandas delictuales es obtener mayor capacidad de corrupción mediante el soborno y la intimación de los agentes públicos.

Las declaraciones de intereses y Patrimonio podrán ser revisadas por órganos fiscalizadores internos, pero mantendrán su carácter reservado respecto del público general, garantizando así la protección de datos personales y sensibles.

Labor penitenciaria

Durante el debate parlamentario intervinieron las y los diputados Alejandra Valdebenito, Claudia Reyes, Daniel Lilayu, Javier Olivares, Carlos Cuadrado, Hotuiti Teao, Cristian Neira, Carolina Tello, Marcos Ilabaca, Juan Carlos Beltrán y Patricio Pinilla.

En términos generales y de manera transversal, se valoró la iniciativa como una medida esencial de la Estrategia Nacional de Integridad Pública, coincidiendo en la necesidad de transparentar y monitorear la evolución patrimonial de los funcionarios de Gendarmería y así proteger la labor penitenciaria.

Además, el texto aprobado por unanimidad, fija una gradualidad para el cumplimiento de esta obligación. De este mod, dispone que al cuarto mes de publicada la ley se aplicará a la planta de oficiales penitenciarios, directivos y personas contratadas a honorarios. Al octavo mes, en tanto, se sumarán los suboficiales penitenciarios y gendarmes; mientras que al duocécimo mes corresponderá que cumplan con la declaración los profesionales, técnicos y auxiliares.