La Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos concluyó con la votación del articulado de los proyectos de ley refundidos que buscan fortalecer la transparencia y la probidad en la entrega de recursos estatales a Bomberos de Chile. Además, la propuesta introduce cambios relevantes en la rendición de cuentas y en la estructura de los órganos de justicia interna.
El proyecto, que agrupa las iniciativas sobre entrega de recursos por parte del Estado (boletín 17504) y que modifican y complementan la Ley 20.564, de los Bomberos de Chile (boletín 17801), se despachó con la aprobación de su articulado por amplia mayoría, con diversas indicaciones.
Cabe recordar que esta propuesta busca elevar los estándares de control sobre los fondos públicos y asegurar el debido proceso para los voluntarios. Asimismo, refuerza la capacidad de defensa jurídica de la institución ante hechos que afecten su patrimonio o el bienestar de sus integrantes.
El texto, despachado a la Sala, también estipula que, para acceder a los aportes de la Ley de Presupuestos, los Cuerpos de Bomberos deberán haber rendido previamente la totalidad de los recursos recibidos, comprendiendo todos los movimientos realizados, ya sean de origen público o privado.
Transparencia y justicia interna
Durante la votación, se aprobó una disposición orientada a garantizar la independencia en los procesos disciplinarios. Específicamente, dicha norma prohíbe que oficiales generales, miembros del directorio o capitanes integren los órganos de disciplina, permitiendo que los secretarios participen únicamente como ministros de fe.
Al respecto, la enmienda aprobada por la comisión autoriza a los mandos a aplicar suspensiones provisionales frente a faltas graves, con la obligación de remitir los antecedentes al tribunal competente en un plazo de diez días hábiles. Además, la norma otorga facultades a la Junta Nacional para interponer acciones civiles y penales, y para representar legalmente a los bomberos accidentados en actos de servicio.
No obstante, la iniciativa también dispone normas de transición. Se estableció que las organizaciones sin fines de lucro que realicen funciones propias de bomberos tendrán un año para incorporarse formalmente y los cuerpos colindantes deberán suscribir protocolos de colaboración mutua en un plazo de doce meses para asegurar la eficiencia del sistema nacional.
Control de incendios eléctricos
En la misma sesión, la comisión aprobó, en general, el proyecto de ley (boletín 18042), impulsado por el diputado Rubén Darío Oyarzo, que establece la obligatoriedad de contar con equipamiento especializado para el control y extinción de incendios eléctricos en estacionamientos de vehículos eléctricos y recintos que almacenen baterías de litio.
En el texto se señala que esta disposición responde al aumento de la electromovilidad y a la complejidad de los siniestros con baterías de litio, que pueden provocar fugas térmicas y reactivaciones. La normativa exigirá que edificios y centros comerciales dispongan de dispositivos certificados y personal capacitado.
