La Comisión de Constitución rechazó, en general, por cinco votos a favor, cuatro en contra y una abstención, la reforma constitucional (boletín 17999) que busca limitar la facultad del Presidente de la República para conceder indultos particulares.
La iniciativa prohíbe, expresamente, que esta prerrogativa se ejerza respecto de personas condenadas por crímenes de lesa humanidad.
La norma, que irá a la Sala con informe negativo, sostiene que la Constitución chilena ha definido históricamente un régimen que otorga al Primer Mandatario amplias facultades. Entre ellas estaría el conceder indultos particulares, incluso frente a condenas judiciales firmes. Esta atribución, plantea el texto, aunque regulada, puede alterar los efectos de las sentencias y generar tensiones con el principio de separación de poderes.
La propuesta se sustenta en las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos. Estas prohíben la amnistía o el indulto de delitos como la tortura, las ejecuciones extrajudiciales y la desaparición forzada. Expone, además, que se trata de un criterio que ha sido reiteradamente reafirmado por los tribunales internacionales y la jurisprudencia nacional.
Observaciones a los indultos
Previo a la votación en general, la comisión aprobó el cierre del debate. Esto ocurrió en medio de cuestionamientos de algunos diputados que plantearon la conveniencia de escuchar a más expertos para profundizar el análisis de la iniciativa.
Durante la discusión se evidenciaron posturas contrapuestas. Mientras que algunos parlamentarios defendieron la facultad presidencial de conceder indultos, otros respaldaron su limitación e, incluso, cuestionaron la existencia de esta atribución.
Los argumentos a favor de la reforma apuntaron al cumplimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Asimismo, a la necesidad de establecer una prohibición constitucional expresa respecto de los crímenes de lesa humanidad.
En tanto, quienes rechazaron la iniciativa sostuvieron que la Constitución ya contempla resguardos suficientes y que el indulto sigue siendo una atribución necesaria en determinados contextos.
