La Comisión de Vivienda aprobó y despachó a consideración de la Sala el proyecto que moderniza la el decreto ley 1939 que regula normas de adquisición, administración y disposición a los accesos a bienes del Estado.
El debate se desarrolló bajo el contexto de lo que establece el Código Civil. Este, en su artículo 585, dispone que ciertos bienes comunes, como la alta mar, no pueden ser objeto de dominio privado. Además, el artículo 589 clasifica como bienes nacionales de uso público a calles, plazas, ríos, lagos y playas. En ese marco, estos espacios deben estar disponibles para todas las personas.
Por ello, la comisión analizó la necesidad de actualizar el citado decreto ley para asegurar el acceso a bienes públicos efectivos y garantizados para todas las personas. Esto en razón que hoy persisten dificultades porque no existe un sistema claro y permanente que establezca los límites reales entre las zonas de uso público, como playas, riberas y cauces, y los terrenos privados. Esta falta de delimitación, sumada a la intervención de distintos organismos, complica la identificación de accesos y la resolución de cierres.
Durante la sesión intervino el ministro de Bienes Nacionales, Francisco Figueroa, quien señaló que muchos accesos públicos permanecen cerrados. También afirmó que la modernización permitirá agilizar la determinación de vías de acceso y facilitar su reapertura cuando sea necesario.
Principales modificaciones en los accesos a bienes públicos
La comisión aprobó cambios relevantes al artículo 13 del decreto ley, para fortalecer la regulación de los accesos. Primero, se incorporó una nueva excepción que regula accesos en vertientes y cuerpos de agua que nacen y mueren dentro de una misma propiedad, además de lagos menores no navegables.
Luego, se fortaleció el procedimiento para fiscalizar cierres de accesos, permitiendo que cualquier persona natural o jurídica pueda incurrir en estas acciones y ordenando su reapertura inmediata cuando se constate una obstrucción.
Además, se actualizó la referencia al tribunal competente, reemplazando el “juzgado fiscal” por “juzgado municipal”. Finalmente, se aprobó un artículo transitorio que integra a los gobiernos regionales en la transferencia de competencias sobre esta materia. Con estos ajustes, el proyecto fue despachado a Sala.
Problemática de subsidios habitacionales

En una segunda materia, la comisión escuchó a la presidenta del Comité de Allegados Movimiento por la Dignidad de Lo Barnechea, Andrea Valenzuela. La dirigente expuso en representación de 570 familias organizadas desde el año 2008.
La vocera señaló que la tasación del terreno fiscal es excesiva. Explicó que el SII asignó un valor muy alto pese a que el terreno fue transferido a costo cero y aunque hubo una rebaja del 40%, el valor sigue encareciendo los proyectos y aumenta el riesgo de endeudamiento.
También informó que se modificó la propuesta original, que consideraba casas y departamentos. Indicó que ahora el Serviu propone solo edificios, porque estos reciben un subsidio adicional. Además, el municipio habría exigido un ahorro previo de 100 UF para postular a un DS1, generando endeudamiento entre las familias.
Otro punto planteado fue el compromiso incumplido respecto del Registro Social de Hogares. Al respeco, dijo que el Serviu había acordado congelar los porcentajes por tres años. Sin embargo, ahora se exige postulación individual y no vía DS49.
