Fortalecen fiscalización y sanciones para transporte ilegal de turistas

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Fortalecen fiscalización y sanciones para transporte ilegal de turistas

En forma unánime, por 129 votos a favor, la Sala de la Cámara respaldó el proyecto del Gobierno que busca fortalecer la fiscalización del transporte ilegal de turistas y pasajeros (boletín 17553).

En general, la iniciativa propone sancionar la operación de vehículos no habilitados para prestar servicios de transporte remunerado de pasajeros y turismo. Actualmente, las medidas restrictivas sólo se refieren a vehículos de locomoción colectiva. 

La propuesta modifica la Ley 19.040, que establece normas para la adquisición por el fisco de vehículos y otras disposiciones relativas a la locomoción colectiva de pasajeros.

Para ello, en primer término modifica la expresión “locomoción colectiva de pasajeros” por “transporte remunerado de pasajeros”. De esta forma se amplía el ámbito de aplicación de la ley.

La propuesta legal define que el propietario o mero tenedor del vehículo que realice servicios de este tipo de transporte, pero con vehículos no habilitados, según las disposiciones del Ministerio de Transportes, será sancionado con una multa de 10 a 100 unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia, la multa será de 20 a 200 UTM.

A su vez, los conductores, si son distintos al propietario o mero tenedor, recibirán una multa de 5 a 50 UTM. Adicionalmente, el juez suspenderá su licencia de conductor por un plazo no menor a 15 ni superior a 45 días; y, en caso de reincidencia, de 45 a 90 días.

Otras medidas

El texto, además, define que Carabineros, inspectores fiscales o municipales podrán retirar de circulación los vehículos. Por otra parte, establece que los costos de traslado o bodegaje serán de cargo del propietario o mero tenedor del vehículo.

El proyecto también dispone sanciones a las personas que intermedien en la contratación de este tipo de servicios. Asimismo, a las personas que utilicen los servicios de transporte ilegal con conocimiento de su informalidad. En este caso, recibirán una multa de una a tres UTM.

Por último, la iniciativa, remitida al Senado a segundo trámite, establece que los servicios de transporte terrestre que operen con mostradores o counters dentro de las instalaciones aeroportuarias sólo podrán ofrecer servicios previamente pagados por los pasajeros.

Antecedentes

El diputado Carlos Bianchi entregó el informe de la Comisión de OOPP, Transportes y Telecomunicaciones.

Para apoyar la aprobación de esta normativa, el diputado Bernardo Berger manifestó que la imagen del país como destino turístico está afectada por el crimen organizado. Añadió que este problema es grave porque, en muchas regiones, como en Los Ríos, esto es evidente con la proliferación del transporte ilegal de pasajeros que pone en riesgo a vecinos y turistas.

Al respecto, Berger recalcó que esto afecta a las empresas legalmente establecidas. En la misma línea, destacó que el texto fuera enriquecido, haciéndose cargo de los intermediarios.

De hecho, comentó, el Gobierno fundamentó la ocurrencia de ilícitos vinculados con el servicio irregular de transporte remunerado de pasajeros en las dependencias del Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago, para presentar la iniciativa.