En forma unánime, la Sala de la Cámara aprobó, en general y en particular, el proyecto (boletín 17642) que establece una bonificación por retiro anticipado a los funcionarios pertenecientes a la planta II de Suboficiales y Gendarmes de Gendarmería de Chile. Por efecto de lo anterior, la iniciativa pasó a su segundo trámite.
De acuerdo al informe de la Comisión de Hacienda, rendido por el diputado Agustín Romero, la iniciativa busca reconocer la entrega y compromiso de Gendarmería de Chile, “en el importante, arriesgado y fundamental trabajo que realizan con la comunidad carcelaria”.
Por una parte, se espera generar vacantes en la citada planta, para dar movilidad y estímulo en su carrera funcionaria. Asimismo, propiciar personal preparado para enfrentar los nuevos tipos de criminalidad, particularmente del crimen organizado.
Además, se proyecta mejorar sus condiciones y posibilidades de retiro anticipado, mediante la entrega de un bono de incentivo.
La propuesta tuvo su origen en un acuerdo suscrito el 22 de noviembre de 2024. Lo firmaron el ministro de Justicia, el subsecretario de Justicia y el director nacional de Gendarmería de Chile. De igual modo, lo suscribieron representantes del Frente de Trabajadores y Trabajadoras del organismo.
Considerando el monto de bonificación expresado en unidades de fomento del 9 de junio de 2025, los cupos establecidos para cada año y las fechas de pago comprometidas en el proyecto de ley, se estima un costo fiscal de cuatro mil 313 millones de pesos para 2026; de cinco mil 607 millones para 2027; y de tres mil 19 millones para 2028.
Detalles de la bonificación

Serán beneficiarios de la bonificación los funcionarios titulares de cargos de la planta II de Suboficiales y Gendarmes. Aplicará para quienes hayan cumplido entre 25 y 28 años de servicio efectivo en 2025, 2026 y 2027, ya sea continuos o discontinuos.
Se agrega como requisito para la postulación que los funcionarios se encuentren calificados en lista 1, de mérito; o lista 2, buena. Por otra parte, si llega a existir un mayor número de interesados que de cupos disponibles, se atenderá a la antigüedad para seleccionar a los beneficiarios.
La bonificación no será imponible ni tributable y no constituirá renta para ningún efecto legal. Sin perjuicio de que puede ser retenida en aplicación de la ley de pago de pensiones alimenticias adeudadas.
El monto ascenderá a UF1.100 (alrededor de 43 millones) y se pagará dentro del primer trimestre del año calendario siguiente al de la cesación de funciones.
Se disponen 100 cupos para 2025; 130, para 2026; y 70, para 2027. Las postulaciones al beneficio serán entre enero y marzo de los años 2026 y 2027. Para 2025 se establece un procedimiento especial para la asignación.
Los funcionarios que se acojan al beneficio deberán renunciar a los cargos que sirvan en Gendarmería, a más tardar, el 30 de junio del año correspondiente, cesando en sus funciones a partir del 1º de diciembre de ese año. No podrán volver a incorporarse al servicio bajo ninguna modalidad de contratación durante los diez años siguientes al término de la relación laboral.