Cuarto TOP de Santiago condena a 5 años y un día a autora de robo frustrado en lugar habitado

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El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Claudia Andrea Muñoz Monares a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autora del delito frustrado de robo en lugar habitado. Ilícito cometido en febrero del año pasado, en la comuna de Quinta Normal.

En fallo unánime (causa rol 329-2024), el tribunal –integrado por los jueces Pedro Suárez Nieto (presidente), Carlos Jeria Montoya y Cristina Cabello Muñoz (redactora)– aplicó, además, a Muñoz Monares las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de la sentenciada para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 20 horas del 20 de febrero de 2023, “(…) CLAUDIA ANDREA MUÑOZ MONARES, con el propósito de sustraer especies, concurrió hasta el domicilio de la víctima Claudio Pérez Astorga ubicado en calle El Progreso 1164, comuna de Quinta Normal, para lo cual procedió a forzar la chapa de la puerta de acceso al inmueble, ingresando al interior del domicilio, desde donde sustrajo un notebook de la marca HP, siendo sorprendida por particulares y posteriormente detenida”.

En la determinación de la pena y forma de cumplimiento a imponer a Muñoz Monares, el tribunal tuvo “presente que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad, la pena se puede recorrer en toda su extensión, esto es de cinco años y día a diez años de presidio mayor en su grado mínimo”.

“Teniendo presente lo previsto en el artículo 449 N° 1 del Código Penal, el hecho de que la víctima recuperó la especie en buen estado, y que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, se impondrá la pena en el mínimo como lo ha solicitado la defensa, y atendida la extensión de la pena no procede forma sustitutiva”, concluye.