Corte de Santiago deja sin efecto resolución que denegó renovación de patente de alcoholes

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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en representación de dueño de botillería y dejó sin efecto la resolución municipal que rechazó la renovación de patentes de alcoholes de local ubicado en la calle Matucana.

En fallo unánime (causa rol 8.912-2023), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Zepeda, Tomás Gray y el abogado (i) Michael Camus– estableció el actuar arbitrario e ilegal del municipio capitalino al rechazar sin mayor fundamentación la renovación solicitada.

“Que el Decreto Secc. 2da. N° 3808 de 15 de mayo de 2023 de la Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Santiago, que resuelve no renovar la patente del recurrente por aplicación del artículo 65 letra o) de la Ley N° 18.695, no da cuenta de un procedimiento lógico y razonable para adoptar tal decisión, pues, ella se basa en lo resuelto por el Concejo Municipal mediante Acuerdo N°163 de fecha 12 de abril de 2023, esto es, que el contribuyente presentaba incivilidades”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que la Ley N° 19.9880, en el inciso segundo del artículo 11, al referirse al requisito de motivación del acto administrativo desfavorable vela porque estos no sean dictados arbitrariamente o sin fundamento”.

“Además la primera parte del artículo 41 de la misma ley, ordena que las resoluciones contendrán la decisión, la que será fundada”, añade.

Para el tribunal de alzada: “(…) en consecuencia, si la decisión terminal, solo reitera los aspectos genéricos antes mencionados, la decisión de no renovación de patente deviene en arbitraria, por cuanto carece de motivación, es decir, de las circunstancias esenciales, de hecho y de derecho para adoptar la decisión de declarar la no renovación de la patente comercial N°500755-0 del recurrente”.

“Que de esa forma han sido vulnerados al recurrente las garantías de los numerales de los 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, igualdad ante la ley en la dimensión de trato desigual y el derecho de propiedad en relación a los bienes incorporales derivados del amparo de la patente antes singularizada”, concluye el fallo.

Por tanto, se resuelve que: “se acoge el recurso interpuesto por el abogado Fulvio Valentino López, en representación de Mario del Tránsito Arriaza Espinoza, en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago, sin costas, dejándose sin efecto el Decreto Secc. 2da. N° 3808 de 15 de mayo de 2023 y el Acuerdo N°163-2023 de 12 de abril de 2023 del Honorable Concejo Municipal, en aquella parte que no renovó la patente de alcoholes N° 500755-0, del recurrente”.