El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó al adolescente O.E.G.R. a cumplir la sanción única de 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en calidad de autor de los delitos consumados de robo con homicidio, robo con violencia e intimidación y posesión ilegal de arma de fuego. Ilícitos perpetrados en marzo del año pasado, en la comuna.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Marcos Pincheira Barrios (presidente), Julio Ramírez Paredes y la magistrada Lathy Pérez Quilodrán (redactora)– aplicó al menor de edad S.A.C.M. la sanción de 5 años de internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social, en calidad de coautor del delito de robo con homicidio.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 19:00 horas del 22 de marzo de 2022, “(…) la víctima M.A.L.C. llegó en su vehículo particular hasta el sector La Granja cercano al Liceo Alonso de Ercilla de la comuna de Cañete, en donde era esperado por el acusado O.E.G.R., con quien previamente por medio de la aplicación para citas Grindr, habían acordado juntarse. Una vez en el lugar este último abordó el vehículo de la víctima, trasladándose hasta el domicilio particular de L.C., en donde permanecen durante cerca de 40 minutos, para luego salir ambos en el mismo vehículo, esto es, un automóvil marca Mazda, modelo 2, color gris, con el cual se trasladan hasta el parque Anguita, de la misma comuna, en donde G.R., que se encontraba sentado en uno de los asientos traseros, lo toma fuertemente a la altura de su cuello y lo comienza a asfixiar, jalándolo hacia atrás, hasta que la víctima, pierde la conciencia, lo que aprovecha el encartado para sacarlo del interior del auto y despojarlo de algunas prendas de vestir, apropiándose con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, mediante la violencia antes descrita, del móvil de la víctima, marca Mazda modelo 2, Dejando abandonado a L.C. en dicho lugar, para luego horas más tarde, protagonizar un accidente de tránsito con dicho automóvil. La víctima como consecuencia de la violencia ejercida en su contra resultó con eritema nivel cervical anterior irradiado a posterior y en región clavícula bilateral, dos lesiones por grataje en región escapular derecha e izquierda, herida erosiva a nivel de tuberosidad anterior de tibia derecha de 2 centímetros y lesiones abrasivas en la misma zona, de carácter leve”.
Tres días después, el 25 de marzo de 2022, “O.E.G.R. y S.A.C.M., ambos menores de edad, actuando de consuno y con el ánimo de sustraer especies, contactaron a la víctima don M.L.G.T., para lo cual este debía trasladarse hasta el sector La Granja, comuna de Cañete, lo que finalmente hizo, cerca de las 20:30 horas, a bordo de su camioneta marca Mitsubishi, modelo L 200, de color rojo, placa patente única KXXR-86. Una vez allí, ambos menores ingresaron al interior del vehículo, trasladándose, los tres, hasta el sector del parque Anguita de la misma comuna y estando en la parte posterior, comenzaron a inmovilizar a la víctima, sujetándolo, golpeándolo y aprisionándolo, para lo cual uno de ellos además lo agrede con un arma cortopunzante, en una de sus rodillas y le propina dos estocada en el pecho, acto seguido uno de ellos toma una arma de fuego, que el ofendido, mantenía en su vehículo, y aprovechándose que la víctima se encontraba parcialmente desvanecida o semi inconsciente, producto además de los golpes recibidos y heridas causadas, obrando sobre seguro, le dispara a corta distancia a la altura de su frente, provocándole un traumatismo craneoencefálico por proyectil balístico único, que le produce la muerte en el mismo lugar. Una vez vencida cualquier resistencia de la víctima, de la forma antes descrita, se apropian con ánimo de lucro y sin la voluntad de su propietario, del vehículo, en el cual se trasladaba y del arma de fuego correspondiente a un revólver marca Taurus, calibre. 38, Posteriormente trasladaron el cadáver hasta el sector Duna de Pangue, comuna de Los Álamos, en donde procedieron a enterrarlo parcialmente y luego rociarlo con un líquido acelerante y prenderle fuego”.
“El adolescente O.G.R. se mantuvo en posesión del arma de fuego hasta el día siguiente, la cual luego abandono, en la carretera de ingreso a Cañete, no contando con autorización alguna de la autoridad fiscalizadora para porte o posesión de arma de fuego”, concluye.