248 JUECES, EMPLEADOS JUDICIALES Y FUNCIONARIOS DE LA CAPJ SE ACOGEN A INCENTIVO AL RETIRO

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Un  total de  248 jueces, empleados judiciales y funcionarios se acogieron – desde hoy 1 de julio de 2014-  a los beneficios de la Ley 20.708, que otorga a los integrantes del Poder Judicial una bonificación al retiro voluntario, y que fue aprobada por el Congreso Nacional  en noviembre del año pasado.
 

 

De acuerdo a las evaluaciones realizadas por  el Departamento de la Recursos Humanos de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) accedieron a esta primera entrega del beneficio un total de 108 funcionarios judiciales, quienes se acogieron al  artículo  Nº  3 del cuerpo legal, que estableció las condiciones generales  del beneficio.
 

 

La norma afirma que: “Otórgase una bonificación por retiro voluntario a los funcionarios del Poder Judicial que se desempeñen como titulares en cargos de los escalafones Primario, de Empleados, de la Tercera y Sexta Serie del escalafón Secundario; al personal a contrata asimilado a los escalafones del Personal Superior, de los Consejos Técnicos y de Empleados, y al personal titular de planta y a contrata de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que entre el 1 de enero de 2009 y el 1 de julio de  2014 hayan cumplido o cumplan 60 años de edad, si son mujeres, y 65 años de edad,  si son hombres, y que presenten la renuncia voluntaria a sus cargos entre la fecha de publicación de la presente ley y el 31 de marzo de 2015, de conformidad con las normas y requisitos que se establecen en los artículos siguientes”.

 

Además, un total de 100 empleados judiciales se acogieron a los beneficios  del artículo Nº 7 de la ley, que facultaba al presidente de la Corte Suprema solicitar la renuncia de aquellos funcionarios que cumplían con los requisitos y que no habían accedido a los beneficios de la anterior Ley de Incentivo al retiro publicada en el año 2008.
 

 

Asimismo 40 secretarios, jueces, fiscales judiciales, ministros de Corte de Apelaciones y ministros de la Corte Suprema se acogieron al beneficio de acuerdo al artículo Nº 8 del cuerpo normativo, y que amplió los beneficios a los integrantes del escalafón primario del Poder Judicial
 

 

La Ley Nº20.708 estableció 450 cupos – a dividirse entre el 2013 y el 2015- para obtener una bonificación especial para jueces y empleados judiciales y funcionarios de la Corporación Administrativa del Poder Judicial  que hayan cumplido 60 años, en el caso de las mujeres, y 65 años en el caso de los hombres, teniendo al menos 10 años de servicio.
 

La bonificación es la equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio con un máximo de once meses.