El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza dictó auto de procesamiento en la investigación que sustancia por el homicidio calificado de Ricardo Ruz Zañartu, ocurrido el 27 de noviembre de 1979, en la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana.
En la causa, el magistrado sometió a proceso a los funcionarios en retiro de Carabineros: Luis Monroy Mora y José Orellana Taiba, por su responsabilidad –en calidad de autores– en el homicidio del ex dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
De acuerdo a los antecedentes de la causa, en horas de la tarde del 27 de noviembre de 1979, “en circunstancia que la víctima RICARDO DELFIN RUZ ZAÑARTU, 34 años, profesor, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario MIR, se dirigía a una reunión al interior de un vehículo taxi, que transitaba por calle Pedro de Valdivia, de sur a norte, fue interceptado por Carabineros en un control vehicular, ante lo cual y obedeciendo a las instrucciones del Carabinero de Tránsito que detuvo el automóvil, éste dobló por calle Las Encinas, y en circunstancias en que la víctima iba a descender del vehículo, cuando se iba a proceder a su control, éste extrajo una pistola marca Browning, calibre 9mm, con la cual disparó desde el interior del vehículo en contra del personal fiscalizador, a la vez que descendía del taxi, dándose a la fuga en dirección al norte por Av. Pedro de Valdivia, produciéndose un intercambio de disparos entre el personal de Carabineros que se encontraba apostado en el lugar y Ruz Zañartu, siendo alcanzado por los impactos, en la acera oriente de dicha avenida, ante lo cual, continúa su huida atravesando en forma diagonal Pedro de Valdivia lugar donde cae al suelo en su vereda poniente, y en esas circunstancias se acerca un funcionario policial, quien le dispara ocasionando finalmente su muerte”.
La versión oficial, entregada por el personal de Carabineros de Chile que participó en los hechos, señala que “la víctima habría fallecido a consecuencia de un enfrentamiento, desestimándose ésta, por cuanto consta en el proceso abundante prueba que demuestra que Ricardo Delfín Ruz Zañartu, falleció producto de los traumatismos de las extremidades y pelviano por balas y anemia aguda consecutivo”, agrega la resolución.