TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE CALAMA DICTA VEREDICTO CONDENATORIO EN CASO DE FEMICIDIO FRUSTRADO

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Por unanimidad, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama dictó el recién pasado viernes 13 de junio, veredicto condenatorio en contra de Juan Bautista Ríos Flores, imputado como autor de los delitos de femicidio frustrado y de amenazas condicionales consumadas y reiteradas.

La sala -integrada por los magistrados Pablo Escobar Navarro, Sergio Ortiz Huechapán y Raúl Baldomino Díaz- tras la deliberación de rigor, dio por acreditado los siguientes hechos:

“El día 13 de septiembre de 2013, en horas de la tarde, después que la víctima le informó al imputado que saldría de la casa pese a la negativa de éste para autorizarla a salir, el imputado la roció con un líquido combustible en su cabeza y cuerpo y le prendió fuego. La víctima salió a la calle pidiendo auxilio mientras su cabeza y cuerpo ardían por el fuego, no logrando su cometido, volviendo a ingresar a la vivienda para dirigirse al baño donde usando la ducha logra apagarse, mientras el imputado la seguía y le decía que la quería matar, para luego volver a salir a la calle donde algunos vecinos intentaron auxiliarla, llamando además a carabineros, los que concurrieron al lugar, encontrándola acostada en el suelo y ante la magnitud de sus heridas y la demora en la llegada de ambulancias, la trasladaron en un carro policial hasta el servicio de urgencia del hospital Carlos Cisternas, lugar en que la oportuna atención médica logró salvarle la vida a través de la intubación y aplicación de sistemas de ventilación mecánica. Producto de esta agresión, la víctima resultó con quemaduras profundas e intermedias en un 17% de su superficie corporal y quemaduras en la vía aérea, todas de carácter graves, las que conforme lo indicado por la perito médico legal le habrían provocado la muerte de no haber mediado atención médica oportuna y eficaz, en especial por las quemaduras internas en las vías aéreas que le impedían respirar”.

Conductas descritas en las que le cupo al imputado, según lo resuelto por el tribunal, “(…) participación y responsabilidad en calidad de autor de los delitos que se han tenido por acreditados, según lo establece el Artículo 15 N° 1 del Código Penal, por haber intervenido en su ejecución de una manera inmediata y directa, por las razones que se explicitarán en el fallo”. Cuya audiencia de comunicación quedó agendada para las 15.10 horas, del próximo miércoles 18 de junio.