Corte de Apelaciones de Antofagasta condena a multitienda por infracción a Ley del Consumidor

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a una multitienda La Polar a cancelar una multa fiscal y una indemnización por daño moral por mal servicio en la compra de un notebook.

 

En fallo unánime (causa rol 49-2011), las ministras Cristina Araya, Virginia Soublette y el abogado integrante Guillermo Núñez, condenaron  a la empresa a pagar una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $192.590, y una indemnización por daño moral de $200.000 a Drago Iván Rosso Agüero.

 

Rosso Agüero compró un notebook en el local de la multitienda de Antofagasta, equipo que presentó una serie de fallas en los sistemas operativo y wifi, lo que, a juicio del tribunal de alzada, constituye infracción al artículo 20, letra e y c, de la Ley del Consumidor.

 

“Que el denunciante se acoge al derecho que le otorga el artículo 20 de la Ley 19.496, letra “e”; esto es, cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo a que se refiere las letra “c”, en cuanto el producto no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado. Conforme a lo razonado en el considerando anterior, se encuentra debidamente establecido, la situación prevista en la letra “e” del citado artículo 20, atendido que pese a la primera reparación del producto, subsisten las deficiencias denunciadas por lo que se procederá a aplicar la multa que correspondiere”, dice el fallo.

 

Y agrega: “En cuanto al daño moral se estima que el actor ha sufrido molestias en su vida cotidiana por el perjuicio que le ocasiona el mal funcionamiento del bien adquirido, daño que debe ser reparado por el infractor y que será regulado prudencialmente por este sentenciador en la parte resolutiva del fallo”.