La Corte Suprema confirmó que el Servicio de Salud de la Sexta Región debe pagar una indemnización de $ 15.000.000 (quince millones de pesos) a paciente que fue intervenida por un error médico, en el Hospital de Rengo, en 1999.
En fallo unánime (en causa rol 5351-2009), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, Haroldo Brito y los abogados integrantes Luis Bates y Patricio Figueroa, rechazaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que determinó que el pago a la víctima Elizabeth Rojas Marín.
La mujer demandante concurrió, en septiembre de 1999, al el Hospital de Rengo, donde se realizó un examen que detectó un quiste en el ovario Izquierdo; sin embargo, en la intervención quirurgica que se le practice en el mismo recinto de salud, se le extirpó el ovario derecho.
En diciembre del mismo año, Rojas Marín ( de 37 años) fue nuevamente intervenida, esta vez del ovario izquierdo, procedimiento que no tuvo costo para ella, pero que le causó una serie de transtornos físicos y sicológicos.
En fallo de primera instancia, el Segundo Juzgado Civil de Rancagua había determinado un pago por daño moral de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos); sin embargo, la Corte de Apelaciones de Rancagua, en junio de 2009, rebajó el monto a la mitad.