La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por una abogada en contra de la decisión de la orden gremial que negó su desafiliación por encontrarse con un proceso ético pendiente.
En fallo unánime (en causa rol 7546-2010), los ministros Juan Escobar y Gloria Ana Chevesich, además de la abogada integrante María Hoyos, rechazaron la acción presentada por María Teresa Díaz Bambach en contra del Colegio de Abogados.
La profesional recurrió a la acción cautelar argumentando que el colegio profesional había vulnerado la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, número 16 de la Constitución (libertad de trabajo y de afiliación sindical), al no permitirle abandonar la orden.
“Que, de acuerdo a lo que dispone el número 16, inciso 4°, del artículo 19 de la Constitución Política de la República, los colegios profesionales constituidos en conformidad a la ley y que digan relación con tales profesiones, están facultados para conocer de las reclamaciones que se interpongan sobre la conducta ética de sus miembros. En consecuencia, como el recurrido es una entidad que constitucional y legalmente puede conocer causas éticas de sus asociados, calidad que tiene la señora Díaz Bambach, y, además, al incorporarse a ella voluntariamente hizo suyo los estatutos que la rigen y se comprometió a respetarlos, y entre sus normas se encuentra aquella que faculta a los asociados para renunciar a su calidad de socios, salvo que exista acusación o denuncia pendiente en su contra, relacionada con su conducta profesional, porque en ese caso no lo pueden hacer ni su renuncia pueda ser cursada, se debe concluir que al no aceptarse la solicitud de desafiliación presentada por la señora Díaz Bambach, precisamente por existir una denuncia en que se cuestiona su conducta por ser contraria a la ética, se debe concluir que no se ha cometido un acto que pueda ser tachado de arbitrario ni ilegal, lo que conduce al rechazo del recurso”, dice el fallo.