Corte de Apelaciones de Santiago confirma multas a compañía telefónica por diversas fallas en servicios

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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó que empresa debe cancelar una multa cercana a los mil millones de pesos por diversas sanciones aplicadas por la autoridad administrativa a raíz de fallas en la prestación de servicios.

 

En 12 fallos unánimes, los ministros de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago Raúl Rocha, Elsa Barrientos (suplente) y la abogada integrante Regina Clark, ratificaron las multas aplicadas por la Subsecretaría de Telecomunicaciones a la empresa Compañía de Telecomunicaciones de Chile S.A., las que suman un monto total de 24.800 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $932.604.000 (novecientos treinta y dos millones seiscientos cuatro mil pesos).

 

Las causas se refieren a sanciones aplicadas por diversas faltas al servicio, tales como: interrupciones injustificadas, cobros indebidos y otras materias que implicaron que la Subsecretaría de Telecomunicaciones aplicara sanciones desde el año 2007 en adelante.

 

Los pagos se detallan en la siguiente tabla con el número rol de cada proceso de la Corte de Apelaciones y el monto de la multa correspondiente:

 

 Causa Rol     Multa
 7410-2008  2.600 UTM
 7411-2008  2.400 UTM
 7697-2008  1.000 UTM
 8004-2008  3.000 UTM
 8363-2008  2.000 UTM
 8367-2008  2.900 UTM
   868-2010  3.000 UTM
   869-2010   1.800 UTM
   873-2010  3.000 UTM
   874-2010  1.600 UTM
   876-2010     100 UTM
   878-2010   1.400 UTM
TOTAL 24.800 UTM

 
 
  
   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“Que en la aplicación de la sanción impugnada por la apelante, la Subsecretaría de Telecomunicaciones, actuó dentro de las atribuciones que le confiere la ley, y, lo expuesto por la apelante en su recurso de apelación y en estrados, señalando haber dado íntegro y total cumplimiento a lo dispuesto en las Resoluciones Exentas citadas, no alteran lo que viene resuelto en cuanto al incumplimiento de lo que éstas instruían”, dicen los fallos.

 

Además, en las 12 sentencias del tribunal de alzada se determinó que la empresa comprometida debe cancelar el equivalente a 0,25 UTM (es decir $ 9.401,25) por cada día que mantenga los incumplimientos detectados por las sanciones una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada.