Acuerdos de pleno de la Corte Suprema

Portada » Acuerdos de pleno de la Corte Suprema

Reunido el pleno del máximo tribunal del país -el lunes 13 de diciembre de 2010- adoptó los siguientes acuerdos que pudieran resultar de interés público:

 

1.- Se resolvió conformar la sala de verano de la Corte Suprema para el año 2011. La sala quedó integrada por los siguientes ministros:
1.- Sergio Muñoz Gajardo
2.- Margarita Herreros Martínez
3.- Pedro Pierry Arrau (en reemplazo del ministro Hugo Dolmestch)
4.- Rosa Egnem Saldías
5.- Roberto Jacob Chocair
Asimismo, el presidente de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, estará en funciones durante febrero.

 

El horario de funcionamiento de trabajo en sala fue establecido de 8 a 13 horas, de lunes a jueves. Asimismo, conocerá las cuentas de admisibilidad de los recursos en materia penal, laboral y de familia, apelaciones de recursos de amparo, amparo económico o protección, al margen de los asuntos de tabla que por su naturaleza sean incorporadas por el presidente del máximo tribunal.

 

2.- Por acta 175-2010 se redistribuyen los ministros visitadores de las distintas cortes de apelaciones del país para el bienio 2011-2012.

 

3.- Se trató la petición de la Corte de Apelaciones de Santiago en orden a solicitar una modificación legal que permita la extensión de los dos tribunales del crimen que se mantienen vigentes (10° y el 34° de Santiago), uno de los cuales debe desaparecer en enero próximo. Sin embargo, se acordó no realizar petición alguna, atendida la falta de tiempo para requerir la tramitación de un proyecto de estas características. Por lo que se optó por estudiar alternativas para resolver de la mejor manera las causas pendientes en estos tribunales. Ambos juzgados suman 5.907 causas pendientes.

 

4.- Se conoció el informe entregado por la fiscal de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, el que contiene los antecedentes de la visita realizada a cárcel de San Miguel el pasado 8 de diciembre de 2010, a horas de ocurrido el siniestro que cobró la vida de 81 reclusos. Las conclusiones del informe señalan que:
a) No existe personal de custodia ni profesionales en número suficiente para atender las necesidades de su población;
b) El día de los hechos, solamente 6 funcionarios se encontraban de turno en la vigilancia interna de las cinco torres que albergan a más de 1.950 internos,  lo que es totalmente insuficiente;
c) Esta cárcel no cuenta con las adecuadas condiciones de seguridad para los internos, ya que carece de  sistemas de detectores de humo, de incendios o cámaras de vigilancia, que permitan una reacción oportuna del personal de Gendarmería;
d) Las condiciones de higiene y salubridad en que viven los internos, son claramente deficientes;
e) Los criterios de clasificación de los internos no se ajustan al Reglamento Penitenciario,  puesto que se han ubicado personas primerizas de baja peligrosidad,  junto a reincidentes de alto compromiso delictual;
f)  No se informó por el Jefe de Seguridad del Penal si existía un protocolo de actuación para eventos como el ocurrido el día 8 de diciembre, y de existir, si se cumplió con él. De acuerdo a lo informado, el personal no contaba con ningún elemento que les permitiera abrir las puertas de los dormitorios en que se encontraban encerrados los internos, con la premura que el siniestro lo requería, ni con los instrumentos para efectuar las primeras maniobras para amagar el incendio.

 

“Hay consenso unánime de que estas situaciones, lamentablemente, no son nuevas. Son reincidentes y reiteradas en el tiempo, lo que nos consta a cada uno de los ministros que trabajamos en estos momentos en la Corte Suprema (…)  Desgraciadamente, los tribunales no podemos nada más que limitarnos a cumplir lo que el Código Orgánico de Tribunales nos asigna, que son la realización de las visitas respectivas”, señaló sobre este punto el vocero de la Corte Suprema, ministro Nibaldo Segura.

 

El ministro agregó que el Poder Judicial ofrecerá a las autoridades respectivas su colaboración y entrega de toda la información que ha recopilado en sus visitas a los centros penitenciarios, con el fin de aportar a la definición de medidas conducentes a abordar integralmente el problema carcelario.

 

Asimismo, sostuvo que el establecimiento de jueces de cumplimiento o ejecución de penas puede ser una buena medida para implementar en el sistema carcelario, a fin de coadyuvar con una solución más directa de los tribunales en el problema.