Cuarto Juzgado de Garantía sustituye prisión preventiva de imputado paquistaní y decreta medida cautelar

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   Extracto de la resolución del magistrado Norambuena
   Extracto de la resolución del magistrado Norambuena

 

 

 

 

 

El juez del  4° Juzgado de Garantía de Santiago Jorge Norambuena sustituyó la prisión preventiva de ciudadano paquistaní Mohammed Saif Ur Rehman y ordenó las medidas cautelares de firma quincenal y arraigo regional y nacional.

 

En una audiencia realizada este martes 1 de junio, la Defensoría Penal Pública solicitó el reemplazo de la prisión preventiva, invocando que las condiciones por las que la Corte de Apelaciones de Santiago había otorgado la medida habían cambiado con el correr de los días. En tanto, el Ministerio Público y el Ministerio del Interior (querellante en la causa) rechazaron la solicitud.

 

En su resolución, el magistrado Norambuena determinó el cambio de la medida cautelar debido a que, a su juicio, varió la falta de arraigo en esta causa. “Con lo que se ha expuesto en esta audiencia, yo no conozco a nadie más que tenga arraigo o más conocido que don Saif, porque hay un informe social que señala que conversó con varias personas que lo conocen, hay un informe del embajador que se presenta como aval del domicilio”.

 

El juez establece que: “un polvo, un vestigio o una traza no pudiera ser y no tiene aptitud para explotar, porque no podemos decir que va a tirar el celular el imputado y va a explotar. Precisamente, se ha formalizado por portar elementos explosivos y se estima conveniente que la prisión preventiva es desproporcionada. En consecuencia, estimando que han variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su oportunidad y que cualquier otra consideración que implique vincularlo con grupos religiosos, con grupos que se dedican a actos terroristas, por tener una nacionalidad distinta, de juntarse con personas que profesan una determinada religión, podría ser un acto de discriminación que atenta contra el derecho internacional, el tribunal accede a lo solicitado por la defensa y deja sin efecto la prisión preventiva”.

 

En reemplazo, el tribunal decretó las medidas cautelares de firma quincenal en dependencias de Policía de Investigaciones y el arraigo regional y nacional.