Corte Suprema rechaza recursos de casación en condena por caso de red de pedofilia Paidos

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La Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados en la investigación en contra de la denominada red de pedofilia Paidos, que investigó el Tercer Juzgado del Crimen de Santiago, entre 2002 y 2007.

En fallo unánime (en causa rol 2747-2009), los ministros de la Sala Penal Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Domingo Hernández, rechazaron la presentación en contra del fallo de la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que -el 19 de diciembre de 2008- determinó las siguientes sanciones:
Daniel González Castro: presidio perpetuo calificado de los delitos de violación de niños mayor de 12 años; violación reiterada de menores de 12 años; abusos sexuales reiterados a menores  de 12 años; exhibición de material pornográfico a menores de 12 años (reiterados) y a menores de edad, pero mayores de 12 años (reiterados). Además, 15 años por el delito de asociación ilícita.
Juan Carlos Ávalos: presidio perpetuo calificado como autor de los delitos reiterados de violación de menores de 12 años; de acceder carnalmente a un menor de 18 años, sin mediar circunstancias de los artículos 361 y 362 del Código Penal, y acciones sexuales con una menor de 12 años distintas al acceso carnal, cuando no concurren circunstancias de violación y estupro reiterados. Además, 15 años por el delito de asociación ilícita.
Rafael Maureira Trujillo: presidio perpetuo simple como autor de los delitos reiterados de abuso sexual de menor de 12 años; emplear a menores de 12 años en la producción de material pornográfico y violación a mayor de 12 años. Además, 15 años por el delito de asociación ilícita.
Cristián Luno Mena: 3 años por el delito de asociación ilícita y 300 días por el delito de  distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Ángel Barilari Gómez: 3 años por el delito de asociación ilícita y 300 días por distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Jorge Alfassi Gatica: 3 años por el delito de asociación ilícita y 300 días por distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Rodrigo Barría Contreras: 3 años por el delito de asociación ilícita y 300 días por distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Gonzalo Suárez Montenegro: 3 años por el delito de asociación ilícita y 300 días por distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Marcos Paredes Reyes: 3 años por el delito de asociación ilícita.
César Sura Fuentes: 3 años por el delito de asociación ilícita.
Sebastián Barriga Grez: 800 días como autor del delito reiterado de acceder carnalmente a un menor de edad del mismo sexo, y 300 días por distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
César Carreño Mancilla: 300 días por el delito de distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Marcos Vargas Oñate: 300 días por el delito de distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.
Roberto Orellana Cohen: 100 días por el delito de distribución y exhibición de impresos o estampas contrarias a las buenas costumbres.

Al sentenciado Sebastián Barriga se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena; en tanto, los demás condenados deberán cumplir las penas de manera efectiva.